El gobierno anunció este jueves cambios para el trámite de la pensión por discapacidad otorgada por ANSES y validada por la agencia nacional de discapacidad. Esto salió publicado en el boletín oficial, y se ha establecido que el organismo recibirá el certificado médico oficial en formato papel hasta el 31 de marzo de 2025, luego de esa fecha el único documento válido para la presentación de solicitudes será en formato digital.
Desde el gobierno de Javier Milei están llevando a cabo auditorías que buscan garantizar la transparencia y la correcta distribución de las pensiones no contributivas. Según indicaron, el objetivo es evitar abusos en el sistema, asegurando que los recursos sean destinados a quienes realmente los necesitan.
PNC: Hasta cuándo se puede entregar el certificado de discapacidad
Con este cambio en el trámite de las pensiones por discapacidad, ANSES solo recibirá el certificado médico oficial en formato papel hasta el 31 de marzo de 2025, luego de esa fecha el único documento válido será en formato digital.
Según indicaron desde el gobierno, esta modificación busca evitar la pérdida, falsificación o alteración de la documentación, ya que pasará solo a la digitalización del CMO.
Estos son los requisitos para tramitar la pensión por discapacidad
Estos son los requisitos para tramitar la Pensión por Invalidez:
Encontrarse incapacitado en forma total y permanente. Se presume que la incapacidad es total cuando la invalidez produzca una disminución del SESENTA Y SEIS POR CIENTO (66 %) o más en la capacidad laborativa.
Presentar el Certificado Médico Oficial (CMO) y su documentación médica respaldatoria, con la patología y el grado de incapacidad indicado y suscripto por un profesional médico.
No poseer un vínculo laboral formal ni encontrarse inscripto en el Régimen General y/o Simplificado vigente.
Acreditar la identidad, edad y nacionalidad mediante el Documento Nacional de Identidad (DNI)
Ser argentino nativo o naturalizado y residir en el país.
Las personas extranjeras deberán acreditar una residencia mínima continuada en el país de 10 años.
No estar amparado el peticionante por un régimen de previsión, retiro permanente o pensión de carácter contributivo o no contributivo.
En el caso de solicitantes menores de edad, no tener parientes que estén obligados legalmente a proporcionarle alimentos, o que, teniéndolos, se encuentren impedidos para poder hacerlo.
No tener pariente o cónyuge que esté obligado legalmente a proporcionarle alimentos y sustento económico, o que, teniéndolos, no sea suficiente para la subsistencia.
No poseer bienes, ingresos ni recursos suficientes que permitan su subsistencia. La Andis será la encargada de establecer los criterios socioeconómicos con el fin de evaluar y acreditar el cumplimiento de este requisito.
No encontrarse detenido en establecimientos penitenciarios o a disposición de la justicia.