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Tarifa de gas: cómo y cuándo se aplicarían los aumentos

El Gobierno Nacional estableció tres tramos de ajuste de tarifas. Implican subas de alrededor de 300% para los hogares, comercios e industrias.

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Redacción ElNueve.com
27 de marzo de 2024 | 16:19

El Gobierno Nacional estableció tres tramos de ajuste de tarifas. Implican subas de alrededor de 300% para los hogares, comercios e industrias.

En concreto, decidió trasladar el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) medido en dólares a los usuarios finales y estableció tres tramos de ajuste de tarifas hasta fin de año, que implican subas de alrededor de 300% para los hogares, comercios e industrias.

La suba de gas comenzarán a regir en abril -y no en marzo como se planificó incialmente- para evitar una mayor escalada inflacionaria. De este modo, las primeras facturas con aumentos llegarán en mayo.

La primera actualización se aplicará en abril; la segunda entre mayo y septiembre (invierno), y la tercera desde octubre al 31 de diciembre.

Antes de fijar los nuevos precios, el Artículo 1 de la norma rechazó por "improcedentes e infundadas" las impugnaciones formuladas a la validez de la Audiencia Pública.

En el texto aseguran que las objeciones planteadas en la audiencia no alcanzan "visos fácticos o jurídicos de verdad objetiva" que tornen susceptible de ilegitimidad a la presentación celebrada el 29 de febrero.

En marco, se ratifica que los aumentos se aplicarán sobre los ususarios no domésticos denominados "Servicio General" y sobre los usuarios residenciales, compuesto por tres niveles:

  • Nivel 1 – Mayores Ingresos (sin subsidios)
  • Nivel 2 – Menores Ingresos (con subsidios)
  • Nivel 3 – Ingresos Medios (con subsidios parciales)

En la Resolución se establece que como los precios del gas en el PIST están en dólares, corresponde definir el tipo de cambio a utilizar para el traslado a las tarifas.

En esa línea, se advierte que para "evitar saltos abruptos" de la variación del tipo de cambio, resulta aconsejable que el ENARGAS convierta a dólar por millón de BTU utilizando un factor de 27,10473; y que el tipo de cambio a utilizar para el traslado de los precios de gas a tarifas sea el valor promedio del tipo de cambio vendedor del Banco Nación del día 1° y el día 15 del mes inmediato anterior al traslado de los precios.

Por ese motivo, se instruye al ENARGAS a que traslade la variación del tipo de cambio en forma mensual, a fin de evitar cambios abruptos en los valores considerados.

¿Cómo serán los aumentos?

El incremento se decidió en base al Decreto 55 del 16 de diciembre de 2023 pasado, que declaró la emergencia del Sector Energético Nacional en lo que respecta a los segmentos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal y de transporte y distribución de gas natural, hasta el 31 de diciembre de 2024. Por eso que los tres aumentos se fijaron hasta fin de año, del siguiente modo:

(i) Período estival: entre el 1° y el 30 de abril de 2024, conforme surge del Anexo I (IF-2024-31089486-APN-SSH#MEC).

(ii) Período invernal: a partir del 1° de mayo y hasta el 30 de septiembre de 2024, conforme surge del Anexo II (IF-2024-31091781-APN-SSH#MEC).

(iii) Período estival: a partir del 1° de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2024, conforme surge del Anexo III (IF-2024-31091483-APN-SSH#MEC).

En la norma se justificó además que durante la gestión anterior el Estado Nacional fijó un precio del gas natural en el PIST, que al ser trasladado al usuario final no reflejaba los "reales costos" de abastecimiento de gas natural de las empresas distribuidoras y que acumuló subsidios por $212.202.000.000.

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