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Sin tapabocas en lugares públicos, boliches y fiestas: las nuevas flexibilizaciones

El Gobierno Nacional eliminó la obligatoriedad del uso tapabocas en espacios públicos y se permite el retorno del público a los estadios de fútbol. A partir del 1 de noviembre se restablece el ingreso al país de turismo extranjero.

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Redacción ElNueve.com
1 de octubre de 2021 | 09:58

El Gobierno nacional emitió este jueves un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para flexibilizar algunas restricciones derivadas de la pandemia de coronavirus y regular la realización de las actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario desde este viernes y hasta el 31 de diciembre próximo.

Sin tapabocas en lugares públicos

El decreto señala: "sigue vigente la necesidad de mantener distancia social (de al menos dos metros entre las personas) y el uso de tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos, pero ya no será necesario cuando se circule al aire libre a más de dos metros de distancia de otras personas".

Asimismo, para reducir la circulación del coronavirus, continúa siendo necesario ventilar los ambientes en forma adecuada y constante e higienizarse las manos frecuentemente.

De esta manera, el tapabocas ya no será necesario cuando se circule al aire libre a más de dos metros de distancia de otras personas. 

¿Qué pasa en Mendoza?

En Mendoza hay que esperar el decreto provincial.

Regreso a la presencialidad laboral

"Todas las actividades deberán realizarse según los protocolos y las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias nacional, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", establece el DNU, y en "ningún caso podrán circular las personas que revistan la condición de 'caso confirmado', 'caso sospechoso' o 'contacto estrecho' de COVID-19".

La resolución establece además la realización de actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario pero con "ciertas condiciones", como la "autorización de las jurisdicciones provinciales de destino y permanencia" y el "test de antígeno negativo", entre otras.

Las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, turísticas, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales deberán realizarse cumpliendo un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la autoridad sanitaria para preservar la salud de los trabajadores y las trabajadoras.

"Sólo estarán dispensados del deber de asistencia al lugar de tareas, con carácter excepcional, los trabajadores y las trabajadoras a los que comprende el artículo 3°, incisos V y VI, de la Resolución 627/20 del Ministerio de Salud, es decir, personas con inmunodeficiencias: congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave, VIH dependiendo del status y personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis; pacientes oncológicos y trasplantados: con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa, con tumor de órgano sólido en tratamiento y trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos", indicó el texto del DNU.


También se establece la "presencialidad en el trabajo para los agentes de todas las jurisdicciones, organismos y entidades de la administración pública nacional".

Ingreso de extranjeros no residentes

A partir del 1° de noviembre se restablece el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes, siempre que cumplan con los requisitos migratorios y sanitarios vigentes o que se establezcan en el futuro, y que se realizará por los corredores seguros.

Eventos Masivos

Con 50% de aforo, habilitados desde octubre.

Salones de Fiestas 

Habilitado para quienes estén vacunados con dos dosis (14 días antes) o una dosis más test negativo dentro de las 48 horas. Habrá protocolo especial cuando involucre a menores.

Reuniones sociales

No habrá más límite en el número de participantes.

Turismo Grupal

Autorizados los viajes de jubilados, estudiantes y similares

Cines y teatros

100% de aforo. 

Discotecas

50% de aforo. Los participantes deberán contar con el esquema completo de vacunación con 14 días de antelación.

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