Estaciones de servicios: ya están autorizadas al autodespacho de combustible ¿cómo funcionará?

Estaciones de servicios: ya están autorizadas al autodespacho de combustible ¿cómo funcionará?

#Servicios

La Secretaría de Energía ya aprobó el procedimiento y las condiciones para que las estaciones ofrezcan la posibilidad que cada usuario se cargue su tanque de nafta.

Las estaciones de servicio ya pueden implementar el sistema de autoabastecimiento de combustible. 

La Secretaría de Energía aprobó un nuevo procedimiento para la implementación del autodespacho de combustible en estaciones de servicio, estableciendo las condiciones para su aplicación. La medida, publicada en la Resolución 147/2025 en el Boletín Oficial, busca agilizar los procesos administrativos y brindar mayor autonomía a los operadores del sector.

Estaciones de servicio: ¿qué papeles deben presentar?

Según la normativa, los operadores que deseen implementar el autodespacho deberán presentar documentación completa sobre su instalación, auditorías de seguridad actualizadas y certificaciones que acrediten el cumplimiento técnico y legal. Sin embargo, el proceso será más sencillo, ya que no requerirá una autorización previa de la Secretaría de Energía antes de la adaptación de la estación.

Las autoridades gubernamentales destacaron que esta flexibilización reduce trabas burocráticas y permite a los operadores gestionar de forma más eficiente sus instalaciones. Una vez finalizados los trabajos, la entidad auditora presentará la documentación correspondiente, habilitando la estación de servicio de inmediato y evitando demoras innecesarias.

¿El autodespacho será obligatorio?

El autodespacho de combustible será opcional y podrá aplicarse de manera total (exclusivamente el cliente carga el combustible), simultánea (con áreas diferenciadas para este sistema) o alternada (variando entre el método tradicional y el nuevo según la hora del día).

Para garantizar la seguridad de los usuarios, la normativa establece medidas específicas, como dispositivos de corte de emergencia en los surtidores, sistemas automáticos de detención del flujo de combustible y activación manual en cada carga. Además, se exige la instalación de una cabina de control desde donde el operador podrá supervisar y, si es necesario, detener de manera remota la operación de los surtidores.

Otras regulaciones incluyen la instalación de dispositivos de comunicación y asistencia en la zona de carga, la limitación de la longitud de las mangueras a 3,5 metros, y requisitos técnicos en los surtidores y picos de carga para garantizar la seguridad estática del usuario.

Para el Gobierno “tendrá un impacto positivo”

El Gobierno destacó que esta desregulación, iniciada con el Decreto 46/25 en enero de este año, tendrá un impacto positivo en los usuarios, ya que permitirá un servicio continuo las 24 horas y brindará mayor libertad a los operadores de estaciones de servicio.

Además, se subrayó que la medida contribuirá a la seguridad de los trabajadores del sector, especialmente en zonas donde enfrentan situaciones de violencia e inseguridad durante los turnos nocturnos.

Este cambio normativo se enmarca en la estrategia del Ejecutivo para garantizar la libre circulación de bienes y servicios, eliminar obstáculos burocráticos y fomentar el desarrollo de la industria, ampliando la oferta para los consumidores.