Empleadas domésticas: cómo te tienen que pagar el día no laborable y el feriado de marzo

Empleadas domésticas: cómo te tienen que pagar el día no laborable y el feriado de marzo

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El sindicato Upacp explicó las diferencias entre día no laborable y feriado nacional, recordó las fechas clave de marzo y abril y advirtió que los empleadores deben considerar el reciente aumento salarial al momento de liquidar los haberes.

La Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp) publicó una aclaración sobre cómo deben liquidarse los días no laborables y los feriados para los empleados domésticos.

El sindicato difundió la información en sus redes sociales con el objetivo de evitar errores en las liquidaciones salariales.

¿Cómo se puede pagar el Día no laborable?

Desde Upacp explicaron que cuando se declara un día no laborable es el empleador quien decide si el trabajador debe concurrir a prestar tareas.

En caso de que el empleador indique que el personal no debe trabajar, el día igualmente debe abonarse. En cambio, si solicita que el empleado doméstico se presente a trabajar, la jornada se paga como un día normal, sin recargos adicionales.

La aclaración surge porque el lunes 23 de marzo fue establecido como día no laborable con fines turísticos mediante la Resolución 164/2025 de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Feriados nacionales para empleados domésticos

El sindicato también recordó cuáles son los feriados nacionales que impactan en la actividad de los trabajadores de casas particulares durante marzo y abril de 2026:

  • Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia – martes 24 de marzo.

  • Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas – jueves 2 de abril.

  • Día del Personal de Casas Particulares y Viernes Santo – viernes 3 de abril.

En los feriados nacionales rigen las normas legales del descanso dominical. Esto significa que los empleados domésticos pueden no trabajar y cobrar el salario habitual. Sin embargo, si el empleador requiere que el trabajador preste servicios durante un feriado, la jornada debe abonarse con un recargo del 100% sobre la remuneración habitual.

Desde Upacp también recordaron que los trabajadores contratados por hora tienen derecho a cobrar los feriados nacionales conforme a la Ley 27.339. A su vez, la Ley 26.844 regula el régimen de casas particulares y establece que los empleados domésticos cuentan con los mismos derechos laborales básicos que cualquier trabajador registrado.

Aumento salarial para empleados domésticos

Por otra parte, el sindicato recordó que recientemente se acordó una actualización salarial para el sector. El incremento se aplicará en dos tramos consecutivos del 1,5% acumulativo correspondientes a los meses de febrero y marzo.

Además, el acuerdo contempla el pago de una suma no remunerativa cuyo monto depende de la cantidad de horas trabajadas semanalmente.

De esta manera, los empleadores de personal doméstico deberán tener en cuenta la actualización salarial vigente al momento de liquidar los próximos feriados y el día no laborable de marzo.

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