Empleadas domésticas: ¿cuánto tenés que cobrar en septiembre y qué pasa con el retroactivo de agosto?

Empleadas domésticas: ¿cuánto tenés que cobrar en septiembre y qué pasa con el retroactivo de agosto?

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El aumento para el servicio doméstico rige de manera retroactiva desde agosto y obliga a los empleadores a pagar las diferencias salariales correspondientes. Además, deben abonar el bono no remunerativo y tener en cuenta la nueva escala vigente desde septiembre.

El aumento para el personal de casas particulares rige de manera retroactiva desde el 1° de agosto. Quienes hayan liquidado los salarios con la escala anterior deben abonar las diferencias, además del bono no remunerativo correspondiente a ese mes.

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (Cntcp) oficializó el acuerdo salarial mediante la Resolución 6/2026, que estableció una serie de incrementos escalonados para los trabajadores del servicio doméstico: 1,9% en agosto, 1,8% en septiembre, 1,7% en octubre, 1,6% en noviembre y 1,6% en diciembre.

De esta manera, los empleadores que ya hayan pagado agosto con los valores anteriores deberán realizar el ajuste correspondiente.

Servicio doméstico: cómo se paga el aumento retroactivo de agosto

El incremento del 1,9% tiene vigencia desde el 1° de agosto de 2026, por lo que no depende de la fecha en que fue oficializado.

Si un empleador liquidó el sueldo de agosto utilizando la escala anterior, deberá pagar la diferencia salarial hasta alcanzar los nuevos valores mínimos establecidos por la Cntcp.

Los salarios mínimos correspondientes a agosto quedaron de la siguiente manera:

Categoría Por hora con retiro Por hora sin retiro Mensual con retiro Mensual sin retiro
Supervisores $4.523,11 $4.920,89 $564.246,70 $624.313,90
Tareas específicas $4.303,50 $4.684,53 $526.829,56 $582.283,26
Caseros $4.072,38 $514.903,51
Asistencia y cuidado de personas $4.072,38 $4.520,15 $514.903,51 $569.593,41
Tareas generales $3.804,66 $4.072,38 $466.756,24 $514.903,51

Estos montos funcionan como pisos salariales, por lo que empleadores y trabajadores pueden acordar remuneraciones superiores.

El bono obligatorio que deben pagar los empleadores

Además del aumento salarial, los empleadores deben controlar si abonaron la suma no remunerativa correspondiente a agosto.

El bono es obligatorio tanto para quienes trabajan con retiro como sin retiro y se determina de acuerdo con la cantidad de horas semanales trabajadas para cada empleador:

  • Menos de 12 horas semanales: $8.000.
  • Desde 12 y menos de 16 horas: $11.500.
  • 16 horas semanales o más: $20.000.

En caso de que el salario de agosto ya haya sido abonado y el bono no haya sido incluido, corresponde pagarlo posteriormente.

Esto es especialmente importante para quienes trabajan para varios empleadores, ya que cada relación laboral se considera de manera independiente. Por lo tanto, el bono se calcula según las horas semanales trabajadas para cada empleador.

Cuánto cobra el servicio doméstico en septiembre de 2026

En septiembre comenzó a regir un nuevo incremento del 1,8%. Además, la Resolución 6/2026 incorporó al salario básico el 25% de la suma no remunerativa de agosto.

La escala vigente para septiembre es:

Categoría Por hora con retiro Por hora sin retiro Mensual con retiro Mensual sin retiro
Supervisores $4.645,33 $5.049,58 $579.493,14 $640.641,55
Tareas específicas $4.422,54 $4.809,80 $541.402,49 $597.854,36
Caseros $4.185,94 $529.261,78
Asistencia y cuidado de personas $4.185,94 $4.641,90 $529.261,78 $584.936,09
Tareas generales $3.914,64 $4.185,94 $480.247,85 $529.261,78

Los valores establecidos por la Cntcp son montos mínimos. Por eso, las partes pueden acordar un salario mayor, de acuerdo con lo establecido por la Ley 26.844, que regula el régimen de trabajadores de casas particulares.

Qué deben revisar los empleadores

Quienes tienen personal de servicio doméstico deben controlar principalmente dos cuestiones: si el sueldo de agosto fue liquidado con la escala actualizada y si se pagó el bono no remunerativo obligatorio.

Si se utilizó la escala anterior, corresponde cancelar la diferencia salarial retroactiva desde el 1° de agosto. Y si el bono fue omitido, también debe abonarse según la cantidad de horas semanales trabajadas.

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