El Gobierno decidió eliminar el Impuesto País pero continuará con un recargo del 30%. Cuánto vas a pagar ahora con el dólar tarjeta.
A partir de este lunes, el Gobierno decidió eliminar el Impuesto País. Sin embargo, se creó otro impuesto con el recargo del 30% a cuenta de Ganancias. De esta manera, se eliminan solo percepciones específicas financieras.
Esta medida fue oficializada mediante la Resolución General 5617/2024.
¿Cómo se aplicará el nuevo impuesto?
Con el nuevo procedimiento, así quedarán los pagos al exterior con tarjeta.
- Alcance: El gravamen ya no se llamará Impuesto PAIS y se eliminan ciertas percepciones para sectores específicos, especialmente en el ámbito financiero. Sin embargo, los consumidores seguirán pagando este recargo en operaciones como la compra de dólar ahorro y bienes.
- Continuidad del impuesto: El impuesto seguirá aplicándose a operaciones relacionadas con “dólar ahorro”, “dólar tarjeta” y “dólar turista” para mantener la recaudación tributaria, excluyendo el cobro de dividendos y suscripciones en pesos a títulos emitidos en dólares por el Banco Central de la República Argentina.
- Percepción del 30%: Se mantiene la percepción del 30% a cuenta del Impuesto a las Ganancias, lo cual no implicará una disminución en el costo total para los usuarios.
- Valor del dólar tarjeta: El dólar tarjeta, antes con un recargo del 60%, se abaratará un 30% debido a la eliminación del Impuesto PAIS, llevando su cotización de $1.668 a $1.355.
- Implicaciones: Este ajuste es relevante tanto para los viajeros al exterior como para quienes siguen de cerca los movimientos del dólar, especialmente en un contexto de fluctuaciones en el mercado cambiario.
¿En qué situaciones se te aplica el dólar tarjeta?
El dólar tarjeta se aplica en estas situaciones:
- Compra de divisas y billetes en moneda extranjera para atesoramiento o pago de importaciones.
- Cambio de divisas a través de entidades financieras para pagos con tarjeta de crédito, débito u otros medios.
- Pago de servicios prestados por no residentes.
- Adquisición de servicios turísticos y transporte internacional.
La percepción del impuesto se aplicará a pagos en pesos por estas operaciones y será válida si las divisas deben ser adquiridas en el mercado único y libre de cambios (MULC).