Discapacidad: ¿Qué CUD prorroga su actualización y en qué caso tenés que hacerlo este año sí o sí?

Discapacidad: ¿Qué CUD prorroga su actualización y en qué caso tenés que hacerlo este año sí o sí?

#CUD

La Agencia de Discapacidad confirmó que algunos Certificados deberán renovarse. Depende de si ya tiene una renovación previa o no.

La Agencia Nacional de Discapacidad aclaró que Certificados Único de Discapacidad (CUD) se pueden prorrogar y cuáles no.

Mediante la Resolución 2520/2024 publicada en el @boletinoficialarg, se dispuso una prórroga de un año para los Certificados Únicos de Discapacidad (CUD) que tienen una fecha de actualización original en 2025.

Esto significa que, si un CUD, tanto en su versión digital como en papel, tiene una fecha de actualización entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, su vigencia se extenderá hasta la misma fecha del año 2026.

Por otro lado, los CUD que ya fueron prorrogados (con fecha de actualización o vencimiento en 2022, 2023 o 2024) deberán ser renovados en la misma fecha durante el 2025.

El objetivo de la medida es garantizar el pleno goce de derechos de los titulares del CUD para renovar su documentación, así como también que las Juntas Evaluadoras puedan afrontar la demanda, evitando la saturación de turnos entre las prórrogas vigentes y la fecha de actualización general.

 

¿Quiénes pueden tramitar el CUD?

El CUD es un documento público válido en todo el país que permite ejercer los derechos y acceder a las prestaciones previstas en las leyes nacionales 22.431 y 24.901.

La evaluación de asignación es realizada por una Junta Evaluadora interdisciplinaria que determina si corresponde la emisión del Certificado Único de Discapacidad. Su tramitación es voluntaria y gratuita.

¿Cuáles son los beneficios que garantizar el Certificado Único de Discapacidad?

La nómina derechos establecidos en la legislación vigente incluye:

  • Salud: cobertura del 100% en las prestaciones de rehabilitación (medicamentos, equipamiento, tratamientos) que requiera en relación a lo que fue certificado como discapacidad.
  • Transporte: traslados gratuitos en el transporte público terrestre.
  • Asignaciones familiares: ayuda escolar anual por hijo con discapacidad, asignación familiar por hijo con discapacidad, asignación por cónyuge con discapacidad.
  • Otros trámites: exención de pago de peajes, impuestos (municipales, patentes, entre otros). En estos casos la exención debe solicitarse ante la autoridad de aplicación de cada normativa.
  • Símbolo Internacional de acceso: libre estacionamiento, en los lugares permitidos, independientemente del vehículo en el que te traslades.