Este lunes se publicó en el Boletín Oficial la nueva escala de Ganancias. Se abonará desde sueldos de $1,8 millones en adelante.
El presidente Javier Milei promulgó el decreto que establece las nuevas normativas para el impuesto a las Ganancias, siguiendo la aprobación del reciente paquete fiscal.
Este anuncio se hizo oficial a través de su publicación en el Boletín Oficial de este lunes. Esta acción era esperada tras la implementación de las directrices sobre la moratoria, la regularización fiscal y el impuesto sobre Bienes Personales.
El portavoz presidencial, Manuel Adorni, anticipó que la reglamentación sería publicada al inicio de la semana, cumpliendo con lo prometido mediante el Decreto 652. Según fuentes del gobierno, se confirmó que el umbral para la aplicación del impuesto se reducirá a $1,8 millones para solteros (aproximadamente $1,5 millones netos) y a $2,2 millones para quienes tienen dos hijos (cerca de $1,95 millones netos), con efecto a partir de julio, impactando los sueldos que se procesarán a principios de agosto.
Previamente, el mínimo no imponible correspondía a 15 salarios mínimos, lo que equivalía a $2,340,000 hasta junio y se incrementaría a $3,5 millones a partir de julio. Con la nueva regulación, cerca de un millón de trabajadores que estaban exentos ahora deberán contribuir con el impuesto, con tasas que varían entre el 5% y el 35%.
Los montos a pagar se iniciarán desde los $3000 pesos mensuales y podrían alcanzar hasta los $60000 mensuales para aquellos que previamente no tributaban. Aquellos con ingresos superiores a $2.500.000 brutos mensuales podrían enfrentar pagos superiores a los $100.000 mensuales.
Además, se incluirán en el cálculo del impuesto los ingresos adicionales como horas extras, bonos de fin de año, viáticos por viajes de larga distancia, y asignaciones por trabajar en la zona patagónica.
Finalmente, se anunció que la actualización del mínimo no imponible se realizará trimestralmente durante el año 2024 y posteriormente de manera semestral, basándose en el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
El nuevo impuesto a las Ganancias
El nuevo impuesto a las Ganancias se dividi entre los solteros y casados.
Esto deberán pagar los solteros:
- $1.800.000 de remuneración bruta- no pagará Impuesto a las Ganancias
- $1.900.000 de remuneración bruta- alícuota máxima del 5% (retención $4.500).
- $2.000.000: alícuota máxima del 9% (retención: $10.940)
- $2.100.000: alícuota máxima 12% (retención: $19.880)
- $2.200.000: alícuota máxima 15% ($30.800)
- $2.300.000: alícuota máxima 15% ($44.142)
- $2.400.000: alícuota máxima 19% ($61.979)
- $2.500.000: alícuota máxima 19% ($80.979)
- $2.600.000: alícuota máxima 19% ($99.979)
- $2.700.000: alícuota máxima 19% ($118.979)
- $2.800.000: alícuota máxima 23% ($138.817)
- $3.200.000: alícuota máxima 23% ($230.817)
- $3.300.000: alícuota máxima 27% ($256.655)
- $3.900.000: alícuota máxima 27% ($418.655)
- $4.900.000: alícuota máxima 35% ($728.493)
- $5.100.000: alícuota máxima 35% ($797.830)
- $5.500.000: alícuota máxima 35% ($937.830)
Impuesto a las Ganancias: cuánto pasará a pagar un casado
- $1.800.000 de remuneración bruta- no pagará Impuesto a las Ganancias
- $1.900.000 de remuneración bruta- no pagará Impuesto a las Ganancias
- $2.000.000: no pagará Impuesto a las Ganancias
- $2.100.000: alícuota máxima 5% (retención: $216)
- $2.200.000: alícuota máxima 5% ($4.366)
- $2.300.000: alícuota máxima 9% ($11.864)
- $2.400.000: alícuota máxima 12% ($23.151)
- $2.500.000: alícuota máxima 15% ($37.439)
- $2.600.000: alícuota máxima 19% ($53.490)
- $2.700.000: alícuota máxima 19% ($72.490)
- $2.800.000: alícuota máxima 19% ($91.490)
- $3.200.000: alícuota máxima 23% ($174.540)
- $3.300.000: alícuota máxima 23% ($197.540)
- $3.900.000: alícuota máxima 27% ($352.591)
- $4.900.000: alícuota máxima 31% ($652.641)
- $5.100.000: alícuota máxima 31% ($714.641)
- $5.500.000: alícuota máxima 35% ($852.191)