La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) está pagando las Pensiones No Contributivas por invalidez. Esta prestación subió un 2,43% en enero. También recibirán el bono de $70000 del Gobierno.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) ya está pagando las Pensiones No Contributivas (PNC). Este beneficio se abona con un incremento del 2,43% en enero de 2025, según la movilidad previsional vigente. Además, los beneficiarios perciben un bono extraordinario de $70.000.
Con la suba de movilidad y el bono, las Pensiones No Contributivas por vejez y por discapacidad ascienden a $256.134,92, incluyendo el bono de $70.000. Por su parte, las PNC para madres de siete hijos alcanzan los $335.907,01, que corresponde al 100% del haber mínimo y con el bono extra.
Las Madres de Siete Hijos también perciben la Tarjeta Alimentar. Dicho beneficio se otorga de forma automática gracias a un intercambio de información del organismo con el Ministerio de Capital Humano.
¿Cuánto cobrarán las PNC por discapacidad en enero?
Esto es lo que cobra una PNC por discapacidad en enero
Haber: $186135
Bono extra: $70.000
Total: $256.135.
Fechas de pago de las pensiones no contributivas
El cronograma de pagos de las PNC para enero se organiza según la terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI):
- Jueves 9 de enero: DNI finalizados en 0 y 1.
- Viernes 10 de enero: DNI finalizados en 2 y 3.
- Lunes 13 de enero: DNI finalizados en 4 y 5.
- Martes 14 de enero: DNI finalizados en 6 y 7.
- Miércoles 15 de enero: DNI finalizados en 8 y 9.
¿Cuáles son los requisitos para cobrar una PNC por discapacidad?
Para acceder a una pensión no contributiva por discapacidad, es necesario cumplir con requisitos como tener residencia permanente en Argentina y no contar con ingresos que permitan el sustento económico. También es obligatorio carecer de bienes que acrediten solvencia económica.
En el caso de las PNC por discapacidad, se requiere un certificado médico oficial que acredite un grado de incapacidad laboral del 66% o más, según lo estipulado por el Decreto 843/2024.
Es importante recordar que esta pensión es incompatible con el trabajo registrado, ya sea en relación de dependencia o como autónomo. Además, no pueden acumularse con otras prestaciones previsionales o planes sociales.