Desempleo: ¿cuándo y cuánto vas a cobrar en septiembre?

Desempleo: ¿cuándo y cuánto vas a cobrar en septiembre?

Servicios

ANSES confirmó el calendario de pagos del Fondo de Desempleo para septiembre, con montos actualizados entre $161.000 y $322.000. El beneficio se liquida a mes vencido y está destinado a trabajadores despedidos sin causa.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó el cronograma de pagos del Fondo de Desempleo correspondiente al mes de septiembre de 2025, destinado a trabajadores registrados que hayan sido despedidos sin causa, cuyo contrato haya finalizado o que se encuentren afectados por causas ajenas a su voluntad.

Este beneficio se liquida a mes vencido, por lo que en septiembre se abonarán las cuotas correspondientes a agosto.

Desempleo: ¿Cuánto se cobra en septiembre del 2025?

El monto del Fondo de Desempleo equivale al 75% del mejor salario de los últimos seis meses previos al despido, aunque está sujeto a topes actualizados según el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM).

Según la Resolución 5/2025, los nuevos límites vigentes son:

  • Monto mínimo: $161.000
  • Monto máximo: $322.000

Este ajuste responde al reciente incremento del SMVM y se suma a otras medidas de protección social como los descuentos en medicamentos para jubilados y la adecuación de prestaciones por feriados móviles.

Desempleo ¿Cuándo vas a cobrar en septiembre 2025?

El cronograma de pagos está organizado según la terminación del DNI del beneficiario:

Fecha de cobro Terminación de DNI
Viernes 19 de septiembre 0 y 1
Lunes 22 de septiembre 2 y 3
Martes 23 de septiembre 4 y 5
Miércoles 24 de septiembre 6 y 7
Jueves 25 de septiembre 8 y 9

Desempleo: ¿Cómo solicitar el beneficio?

Para acceder al Fondo de Desempleo, el trabajador debe iniciar el trámite en ANSES dentro de los 90 días hábiles posteriores a la desvinculación laboral. Si se excede ese plazo, se descontará una cuota por cada día hábil de demora.

El trámite puede realizarse:

  • Presencialmente, con turno previo en oficinas de ANSES
  • Online, desde el portal MI ANSES, ingresando con CUIL y Clave de la Seguridad Social

Importante: El beneficio no corresponde en casos de renuncia voluntaria, por lo que es obligatorio acreditar la causal de despido para acceder a la prestación.

Seguinos en