ANSES: cómo acceder a la reparación económica para hijos de víctimas de violencia de género

ANSES: cómo acceder a la reparación económica para hijos de víctimas de violencia de género

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Conocé los requisitos, documentación y cómo hacer el trámite en ANSES para solicitar la ayuda económica mensual.

El Estado argentino ofrece una ayuda mensual a hijas, hijos y personas con discapacidad que hayan perdido a su madre, padre o referente por situaciones de violencia de género o violencia intrafamiliar.

Esta reparación económica está contemplada en la Ley 27.452.

¿Quiénes pueden acceder?

Este beneficio está destinado a:

  • Niñas, niños y adolescentes menores de 21 años.
  • Personas con discapacidad sin límite de edad.
  • También incluye a hijos afines (los hijos del cónyuge o pareja conviviente).

Además, deben cumplirse algunas de estas condiciones:

  • Que la mamá, papá o persona que cumplía ese rol haya fallecido como consecuencia de violencia de género o intrafamiliar.
  • Que la Justicia haya procesado o condenado al otro progenitor como responsable del hecho.
  • O que el acusado haya fallecido durante el proceso judicial, quedando la causa cerrada.

Requisitos para acceder al beneficio

  • Tener menos de 21 años al momento de la sanción de la ley (4 de julio de 2018), salvo en casos de discapacidad.
  • Ser argentino o tener al menos dos años de residencia continua en el país.
  • Que el hecho haya ocurrido dentro del territorio nacional.

¿Qué documentación necesitás?

Sobre el hecho violento:

  • Partida o certificado de defunción.
  • Copia de la sentencia judicial o documentación que acredite el estado del proceso (como auto de procesamiento o elevación a juicio).
  • Si el imputado falleció, se debe presentar la resolución judicial que lo indique.

Del titular del beneficio (niño, niña o adolescente):

  • DNI.
  • Partida de nacimiento o documentación que pruebe el vínculo con la persona fallecida.
  • En caso de discapacidad, el Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente.

Del adulto responsable (si corresponde):

  • DNI.
  • Sentencia de guarda, tutela, adopción o documento que acredite que está a cargo del menor.
  • En situaciones especiales, se puede iniciar el trámite con una constancia del organismo de protección de derechos de la infancia.

Formularios necesarios:

Formulario 1 – Lista de documentación (lo completa ANSES en el turno).
Formulario 2 – Solicitud de la reparación económica (se firma ante ANSES).
Formulario 3 – Compromiso de uso de los fondos como declaración jurada (también se firma ante ANSES).

Importante: Se deben presentar los tres formularios por cada hijo o hija que solicite el beneficio.

¿Cuánto se cobra?

El monto equivale al valor de una jubilación mínima y se actualiza automáticamente según la Ley de Movilidad. El pago comienza desde el mes del hecho.

Los mayores de 18 años pueden cobrar directamente, mientras que los menores o personas con discapacidad lo hacen a través del adulto responsable.

¿Es compatible con otros beneficios?

Sí, se puede cobrar junto con:

  • Asignación Universal por Hijo (AUH).
  • Asignaciones familiares.
  • Pensiones y regímenes alimentarios.

Pero no es compatible con otros beneficios reparatorios por el mismo hecho. En esos casos, hay que elegir uno.

¿Cómo se hace el trámite?

El trámite es presencial y se hace con turno previo en ANSES. Primero hay que reunir toda la documentación. Luego, podés sacar turno a través del sitio web oficial de ANSES o acercarte a una oficina para pedir ayuda.

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