Congreso Nacional

Penalizan por ley la tenencia de pornografía infantil

El proyecto agrava las penas del Código Penal y convierte el delito en no excarcelable.

23 de marzo de 2018 | 12:07

La Cámara de Diputados trasformó este miércoles en ley la propuesta de modificación del artículo 128 del Código Penal para penalizar la tenencia de pornografía infantil, cualquiera sea su finalidad, y el agravamiento de las penas para que el delito no sea excarcelable.

El proyecto había sido aprobado en 2017 por el Senado y ahora lo fue por la Cámara baja con 212 votos a favor y una sola abstención, de la diputada por el Frente de Izquierda, Romina Del Plá. 

La iniciativa, que promovieron desde el Senado los representantes de Cambiemos Julio Cobos y Federico Pinedo, unificó propuestas originales de distintos bloques que modifican el artículo 128 del Código Penal.

A partir de esta ley se no sólo se penaliza la distribución y comercialización de pornografía infantil, sino también la simple tenencia. Entonces, la ley que reprime con prisión de 4 meses a 1 año al que, a sabiendas, tuviere en su poder material referido a pornografía infantil. Las penas irían de 3 a 6 años de cárcel al que "produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere" material pornográfico de menores de 18 años.

Cobos, en dialogó con Viva la Mañana, celebró la sanción de la ley. Además, el senador manifestó que ahora “irán por el grooming”, que refiere a las practicas que llevan a cabo los pederastas para atraer y establecer lazos con menores.

Por otra parte, el senador se manifestó en relación a su futuro político y a las próximas elecciones. No descartó postularse como candidato a Gobernador de la provincia y ser el sucesor de Alfredo Cornejo, aunque resaltó también la necesidad de que la oposición plantee un candidato fuerte.

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