Falta promulgar

Nueva ley de Tránsito: La Policía no podrá retener el carnet de conducir

La norma establece también sanciones más duras para los reincidentes y educación vial.

28 de noviembre de 2017 | 22:18

Desde este martes, Mendoza cuenta con una nueva ley de Tránsito. Normativa que, entre otras cosas, prohíbe la retención de la licencia de conducir –salvo excepciones gravísimas como conducir con un carnet adulterado o apócrifo– como así también apunta a una mayor injerencia de los municipios en el control vial.

Entre los principales cambios en la actual ley se destaca la obligación de los municipios a crear su propio cuerpo de tránsito, la educación vial obligatoria en todos los niveles y el endurecimiento de las sanciones para los reincidentes.

Entre en estos nuevos modos de circulación toma relevancia el uso de la bicicleta, como así también las normativas a las que también deberán responder quienes se movilicen con ellas. 

Otro cambio sustancial que propone la ley es que los empleados públicos que no paguen las multas, sufrirán el descuento de las mismas en sus bonos de sueldo.

La sillita obligatoria para menores de 4 años es otra de las modificaciones que incorporará la ley. Por su parte, los menores, a partir de los 5 años deberán viajar con el cinturón de seguridad puesto y en la parte trasera del auto.

La nueva ley de Tránsito también señala que las mascotas deberán viajar en la parte trasera del vehículo para no entorpecer la conducción.

Con respecto a las manifestaciones, la nueva ley de Tránsito, dejó plasmada que deben ser en la vereda para no entorpecer la libre circulación de los vehículos por las calles mendocinas.

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