En un juicio abreviado, María Amelia Albina Molina, se declaró culpable de pasar en rojo y producir el siniestro que terminó con la vida del joven de 13 años y causó graves lesiones en otro menor, Julián Guzzo.
La Justicia dictó una condena en el caso del siniestro vial que acabó con la vida del joven de 13 años, Fausto Morcos, ocurrido en inmediaciones del Parque General San Martín, un hecho que generó fuerte repercusión por las circunstancias en las que se produjo. La resolución se conoció este viernes, tras la realización de un juicio abreviado en el Fuero Penal Colegiado del Polo Judicial Mendoza.
La jueza Dolores Ramón, a cargo del Juzgado Penal Colegiado N.º 1, avaló el acuerdo presentado por las partes y declaró culpable a María Amelia Albina Molina, quien conducía el vehículo involucrado en el choque. La magistrada consideró acreditado que la imputada atravesó un semáforo en rojo, maniobra que derivó en el impacto que provocó la muerte de Fausto y lesiones de gravedad en otro adolescente, Julián Guzzo.
En su fallo, la jueza impuso una pena de 4 años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, aunque bajo la modalidad de prisión domiciliaria, una alternativa prevista en el Código Penal para determinados casos. La condena recayó por los delitos de homicidio culposo agravado en concurso real con lesiones culposas graves, ambos agravados por la violación de la señal lumínica.
La mujer de 82 años, también fue inhabilitada para conducir durante 10 años y el carnet a su nombre quedó en poder de la Justicia.
El expediente detalla que el siniestro ocurrió cuando la acusada circulaba por una de las arterias que bordean el Parque General San Martín y, al no respetar la luz roja del semáforo, embistió a las víctimas que se desplazaban correctamente. La gravedad del impacto y la evidencia reunida durante la investigación fueron determinantes para sostener la acusación.
La Unidad Fiscal de Tránsito llevó adelante la pesquisa, reuniendo peritajes, testimonios y registros que permitieron reconstruir la mecánica del hecho. El acuerdo de juicio abreviado se alcanzó luego de que la defensa reconociera la responsabilidad de Molina en el episodio, lo que habilitó a evitar un debate oral extenso.
La modalidad domiciliaria de la pena implica que la condenada deberá cumplir estrictas condiciones de control y supervisión judicial. En caso de incumplimiento, la Justicia puede revocar el beneficio y ordenar su traslado a un establecimiento penitenciario.