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Cuarentena total: para qué podés salir sin restricción

El Gobierno Nacional decretó que todas las personas deben permanecer en su residencia hasta el 31 de marzo. Esto prohíbe la circulación de las mayorías de las personas. Hay algunas excepciones.

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Redacción ElNueve.com
20 de marzo de 2020 | 10:09

El "aislamiento social, preventivo y obligatorio" dispuesto por el presidente Alberto Fernández con el acuerdo de los gobernadores comenzó a regir en el primer minuto de este viernes y se extenderá hasta el próximo 31 de marzo, con el fin de mitigar la expansión de la pandemia de coronavirus en todo el país.

La obligación de permanecer en las residencias habituales y de abstenerse de concurrir a los lugares de trabajo, como así también la prohibición para el desplazamiento por rutas, vías y espacios públicos a fin de "prevenir la circulación y el contagio del virus COVID-19" regirá durante doce días, de acuerdo con la norma, que prevé severas sanciones, contempladas en el Código Penal, para quienes infrinjan las restricciones.

"Cuando se constate la existencia de infracción al cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, o a otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia sanitaria, se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal", indica el texto.

La norma señala, a su vez, que la medida se adopta "ante una potencial crisis sanitaria y social sin precedentes" y con el objetivo de "proteger la salud pública", lo que define como "una obligación inalienable del Estado nacional".

"Nos encontramos ante una potencial crisis sanitaria y social sin precedentes, y para ello es necesario tomar medidas oportunas, transparentes, consensuadas y basadas en las evidencias disponibles, a fin de mitigar su propagación y su impacto en el sistema sanitario", sostiene el Decreto de Necesidad y Urgencia en sus considerandos.

Estas actividades están prohibidas

Las personas deberan permanecer en su residencia habitual.

  • Prohibe libre circulación (controles en rutas y espacios púbicos)
  • No se puede ir a tomar un cafe
  • No se puede ir de compras
  • No se puede ir a las plazas

Qué podés hacer 

El aislamiento es en hogares. Por ello para estas actividades el Gobierno ha dispuesto que las realice uno de los integrantes que este fuera de la población de riesgo (mayores de 60, diabéticos, enfermos pulmonares).

Los que salgan, pueden ir a comercios cercanos, con desplazamientos mínimos e indispensables a:

  • Supermercado
  • Farmacia
  • Ferreteria
  • Veterinaria
  • Comercio de proximidad

Tener en cuenta:

  • Ir de a uno

Quiénes están exceptuados del aislamiento

  • Salud
  • Seguridad
  • Defensa
  • Migraciones
  • Bomberos
  • Autoridades superiores del estado
  • Justicia (mínimo)
  • Diplomático.
  • Personas que asistan a otras personas, comedores escolares, comunitarios y merenderos.
  • Servicios de comunicación audiovisual
  • Industrias, alimentación, limpieza, medicamentos, producción agropecuaria, lavanderia, petróleo, obra pública
  • Transporte público urbano (larga distancia y cabotaje, no)
  • Recolección de residuos, servicios públicos básicos
  • Transporte de carga
  • Estaciones de servicios
  • Servicios postales
  • Reponer cajeros automático

¿Qué pasa si no cumplís la cuarentena obligatoria?

Las personas que no cumplan con la cuarentena obligatoria podrán recibir fuertes multas económicas y además ser pacibles de ser detenidos.

 

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