A pesar de que se masturbó y tocó al niño, el sujeto “no cometió delito”.
La subprefecta Claudia Dominguez, jefa de la Brigada de Delitos Sexuales y Menores (Brisexme), estableció que este lunes recibieron la denuncia sobre el caso de acoso contra un menor de 14 años, en un ascensor de Santiago. Por lo mismo, se dispusieron a tomar los antecentes respectivos del caso.
Ahora bien, Dominguez comentó que, según la legislación vigente, en la acción -claramente con connotaciones sexuales-, no se registra delito alguno.
Aquello, porque la ley actual no contempla en este ámbito el abuso sexual propio e impropio. Así, entonces, el abuso sexual propio se lleva a cabo cuando un adulto realiza tocaciones en áreas de connotación sexual a menores de 14 años, hecho que no ocurre en este caso, donde el sujeto le toca el brazo y las caderas al menor.
Y el segundo caso -abuso sexual impropio- se configura cuando un adulto expone a un menor a hechos de connotación sexual, como por ejemplo masturbación o exhibición de material pornográfico. Acá, pese a que el hombre se toca los genitales y principia una masturbación, tampoco se configura el delito porque lo hace después que el niño sale del ascensor.
De esta manera, la jefa de la Brisexme manifestó que, además, el acusado no posee antecedentes penales algunos, ni investigaciones anteriores de la PDI por este tipo de denuncias, ni conductas.
Ahora bien, en el Congreso se encuentra, actualmente, en tramitación un proyecto de ley que contempla la figura de “acoso callejero“, el que pena prácticas de connotación sexual, sin que tenga que haber contacto, por parte de desconocidos en espacios públicos.
Según Dominguez, de avanzar este proyecto, este tipo de situaciones podrían ser castigadas por la legislación.