En tiempo récord le bajaron el pulgar a Claudio Contardi para la prisión domiciliaria

En tiempo récord le bajaron el pulgar a Claudio Contardi para la prisión domiciliaria

Justicia

Luego del veredicto que lo condenó a 19 años de prisión, el abogado de Claudio Contardi, el exesposo de Julieta Prandi solicitó la prisión domiciliaria. Sin embargo en tiempo récord el pedido fue desestimado.

El pasado miércoles a la mañana la justicia encontró a Claudio Contardi culpable de los cargo de violencia física, psicológica y abuso sexual agravado por lo que fue condenado a 19 años de prisión efectiva quedando detenido de manera instantánea. Si bien su abogado solicitó la prisión domiciliaria utilizando como excusa que había sido padre hacía 20 días, el pedido fue rechazado y en tiempo récord. 

Fernando Sicilia, el nuevo abogado de Contardi solicitó el beneficio de la prisión domiciliaria ni bien asumió la defensa del acusado este jueves y para sorpresa de todos, la justicia se expidió en tiempo récord negándole la posibilidad.

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental rechazó en menos de 24 horas los argumentos esgrimidos por el flamante abogado del exesposo de Prandi en beneficio de su cliente, condenado a 19 años de cárcel por abuso sexual reiterado, entre otros graves delitos.

La decisión tuvo un fundamento puramente técnico. El tribunal consideró que el pedido de domiciliaria debía canalizarse por la vía recursiva ordinaria y no a través de un hábeas corpus, tal como hizo Sicilia.

El flamante representante legal del exmarido de Julieta Prandi dijo que su defendido era arbitraria e ilegal porque la sentencia aún no estaba firme y, según él, no existe ningún tipo de riesgo procesal.

Sicilia también destacó su cliente que siempre estuvo a derecho, que se presentó voluntariamente a la audiencia donde se leyó el veredicto y que no representa ninguna amenaza para la víctima ni su familia.

La justicia rechazó el pedido del empresario

Otro de los argumentos esgrimidos tiene que ver con que es padre de una beba nacida el 19 de julio de este año y que su madre sufre un preocupante cuadro de depresión.

Pese a estos fundamentos, la Cámara Departamental señaló que el habeas corpus es una figura de excepción válido cuando la privación de la libertad del detenido es manifiestamente ilegal o arbitraria.

En este caso, la detención fue ordenada por el Tribunal que dictó la condena de Contardi, en ejercicio de las facultades que le otorga el Código Procesal Penal.

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