La Asociación Bancaria firmó un acuerdo con las cámaras empresariales. Se trata de un incremento del 2,7% retroactivo a octubre. Para llevar adelante el incremento, se tuvo en cuenta el Índice de Precios al Consumidor.
La Asociación Bancaria (AB) firmó un nuevo acuerdo con las cámaras empresariales, resultando en un aumento salarial del 2,7% retroactivo a octubre de 2024. Este ajuste, basado en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), se aplicará a los salarios de noviembre.
El aumento se aplicará a todas las remuneraciones mensuales brutas, tanto remunerativas como no remunerativas, incluyendo adicionales convencionales y no convencionales. Con este incremento, el aumento salarial acumulado en lo que va del año alcanza el 107%. Además, el acuerdo incluye el pago de la diferencia del 2,7% sobre la compensación abonada por el Día del Bancario.
Con este nuevo acuerdo eleva el salario mínimo para los trabajadores bancarios a $1.492.602,84, más $74.159,14 en concepto de Participación en las Ganancias (ROE), totalizando $1.566.761,98.
El salario de los trabajadores bancarios se actualizará automáticamente cada mes hasta febrero de 2025, tomando como referencia los índices de inflación publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). Este mecanismo permite una compensación constante frente al impacto inflacionario en los ingresos de los empleados del sector.
En marzo de 2025, las partes se reunirán nuevamente para negociar posibles ajustes adicionales y evaluar la continuidad o modificación del esquema de actualización automática.
En un comunicado, la Bancaria señaló: “Garantizamos la aplicación de los índices inflacionarios mensuales para que los trabajadores y trabajadoras bancarios no pierdan contra la inflación, salvaguardando el poder adquisitivo de nuestros representados”.
¿En cuánto queda el salario mínimo para los bancarios?
Con este incremento, el salario mínimo para los bancarios se eleva a: $1.566.761,98.
¿Cuándo se tiene que pagar la diferencia salarial?
Por lo tanto, se deberá abonar la diferencia salarial que surja entre la inflación acumulada entre los meses de enero a octubre 2024 inclusive (107%), tomando como referencia los salarios de diciembre 2023, y los incrementos ya otorgados en el 2024. Dicho incremento representa un 2,7% con respecto a septiembre. El mismo deberá ser abonado junto con los salarios del mes de noviembre.
De igual manera se acordó repetir este mecanismo para los salarios de los meses de noviembre y diciembre de 2024 y enero y febrero de 2025, es decir otorgar incrementos para esos meses una vez que se tome conocimiento el índice de Precios al Consumidor (IPC) de noviembre y diciembre de 2024 y enero y febrero de 2025.