La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta de un té marca Makam Food, así como un arroz largo fino de la marca Bramador.
El Departamento Vigilancia Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) recibió una denuncia en relación al producto “Té Matcha Orgánico Japonés- Kagoshima, libre de gluten”, que se comercializó en un establecimiento de Buenos Aires y que se promociona en Mercado Libre.
A raíz de de la denuncia recibida y una serie de operativos, el organismo concluyó que el té carecía de autorización y por ende lo definió como “producto ilegal”.
Además se decidió, a través de la disposición 4764/2018, prohibir un arroz largo fino de la marca Bramador. La medida se dio luego de que se realizara un programa de monitoreo de la Dirección General de Bromatología de Santiago del Estero en relación al producto mencionado.
La Anmat resolvió que el arroz mencionado no cumplía con la normativa alimentaria vigente al “estar falsamente rotulado por consignar en el rótulo el símbolo de alimento libre de gluten, y no estar autorizado como tal, resultando ser en consecuencia ilegal”.
En ese sentido, el organismo resolvió prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del producto “Arroz largo fino, 100% Natural, calidad 0000, que consigna el símbolo de alimento libre de gluten”, marca Bramador, RNPA N° 21-112853, RNE N° 21-112917, elaborador: Compañía Arrocera Santafesina, ruta provincial 1 kilómetro 265, localidad de Alejandra, provincia de Santa Fe.