La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, la comercialización y la distribución de un nebulizador en todo el país.
La prohibición se realizó mediante la disposición 9192/2018, publicada este viernes en el Boletín Oficial y el organismo comunicó que la medida se aplica al producto rotulado como “Nebulizador ultrasónico fabricado y garantizado por Dysem Sociedad Anónima.
Por esta resolución, también se le pondría un apercibimiento a la empresa y al hombre que autorizó la destribución del producto según la legislación vigente.
La explicación sobre esta medida adoptada advierte que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud (DVS) “entiende que es un producto sin las debidas autorizaciones para ser comercializado como producto médico“.
Y agrega que la DVS "consultó en el sistema de expedientes de esta Administración Nacional en la fecha de emisión del presente informe y no hallaron inicios de trámite realizados por la firma Dysem S.A.”.