Reforma laboral: ¿es real que se pretende extender la jornada de trabajo a 12 horas?

Reforma laboral: ¿es real que se pretende extender la jornada de trabajo a 12 horas?

Nacionales

Luego de que saliera a la luz los principales cambios en la nueva propuesta laboral, varios dirigentes del oficialismo salieron a desmentir uno de los puntos: la posibilidad de ampliar la jornada hasta 12 o 13 horas. En esta nota analizaremos la realidad.

Todo el país está hablando del nuevo proyecto de Reforma Laboral que plantea el Ejecutivo y que influirá en el futuro laboral de millones de personas en el país. Según el Gobierno el proyecto de ley “Reforma Integral del Régimen Laboral para la Formalización y el Empleo”, impulsado por la diputada Romina Diez busca reducir la informalidad y flexibilizar las condiciones de contratación pero uno de los puntos más debatibles es el que aprueba la posibilidad de jornadas laborales de 12 o 13 horas, algo que salieron a desmentir los principales referentes del Gobierno como Federico Sturzenegger y Guillermo Francos señalando que “eso no está dentro del proyecto”.

En ese sentido, después de analizar el texto, hay que concluir que si bien no está redactado que se amplia la jornada laboral sí hay uno texto que permite ampliarlo y compensar las “horas demás” con diferentes mecanismos.

También hay que entender, que muchos trabajadores ya tienen un régimen laboral de 12 horas como los trabajadores de seguridad o los policías o incluso personal en hospitales.

Reforma Laboral: ¿amplia la jornada a 12 horas?

Si bien el texto no elimina el límite legal de 8 horas diarias previsto en la Ley de Contrato de Trabajo, sí habilita la ampliación de la jornada mediante acuerdos individuales o convenios colectivos. Esta posibilidad se incorpora dentro del Contrato Único de Trabajo (CUT), figura que introduce la reforma para nuevas contrataciones.

De acuerdo con el proyecto, las jornadas extendidas podrán implementarse solo por mutuo acuerdo entre empleador y trabajador y deberán respetar un mínimo de 12 horas de descanso entre turnos.

Esto señala el texto: “Las convenciones colectivas de trabajo, respetando los mínimos indisponibles de DOCE (12) horas de descanso entre jornada y jornada (…) podrán establecer regímenes que se adecuen a los cambios en las modalidades de producción…”

Por ejemplo, si un empleado trabaja 10 horas por día durante cuatro jornadas, las 8 horas adicionales pueden acumularse en un “banco de horas”, lo que le permitirá tomar un día libre como compensación, sin que esas horas sean consideradas extras ni generen recargo.

Reforma laboral: ¿de qué se trata el banco de horas?

La figura del banco de horas es otro de los cambios relevantes. Este sistema permitirá acumular y compensar horas trabajadas de más con descanso equivalente, siempre que haya acuerdo entre las partes.

La legislación actual, establecida por la Ley 20.744, fija un recargo del 50% para las horas extras en días hábiles y del 100% en días no laborables. La reforma no deroga ese régimen, pero habilita su reemplazo por descanso compensatorio, si así se pacta en convenio colectivo o contrato individual.

En caso contrario, las horas extras deberán seguir pagándose con los recargos legales vigentes.

Debate legislativo y aplicación

El proyecto de reforma laboral deberá ser tratado y debatido en el Congreso, donde se prevé una fuerte discusión por el alcance de las modificaciones.

De ser aprobado, el nuevo esquema no será retroactivo y solo aplicará a nuevas contrataciones bajo el régimen del Contrato Único de Trabajo.

En síntesis, la iniciativa no impone una jornada de 12 horas, pero abre la puerta a extenderla mediante acuerdos, con la creación de un banco de horas que redefine la relación entre trabajo, descanso y remuneración.

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