Servicio Público

Subsidio en tarifas de gas y electricidad: ¿Quiénes perderían el beneficio social?

Mediante un Boletín Oficial que informa que comienza la segmentación de tarifas para los usuarios del servicio público.

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Redacción ElNueve.com
16 de junio de 2022 | 14:04

El Gobierno Nacional oficializó la quita de subsidios en tarifas de gas y electricidad para las familias que tengan ingresos por más de 333 mil pesos o más de tres propiedades. La medida se ha tomado para que a lo largo del país se logre bajar la cantidad de subsidios y poder comenzar a estabilizar los números.

A través de un decreto publicado la mañana del jueves en el Boletín Oficial que comienza la segmentación de tarifas para los usuarios del servicio público, tanto del gas natural como también de electricidad. Luego de meses de trabajo, se determinó que solo una pequeña parte pagará el servicio sin subsidios. 

La segmentación estipula tres niveles distintos de usuarios y según el decreto, a partir de este mes comenzará la ramificación de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red "con el objeto de lograr valores de la energía razonables y susceptibles de ser aplicados con criterios de justicia y equidad distributiva".

Los segmentos serán: 

Mayores ingresos: Pagarán la totalidad del servicio.

  • Aquellos que tengan ingresos mensuales superiores a un valor de tres canastas básicas, sea titular de tres autos con una antigüedad menor a cinco años, ser titular de tres inmuebles o sea titular de una aeronave.

Ingresos medios: El impacto en factura que genere la corrección del componente Energía equivaldrá a un incremento porcentual total anual en su factura no mayor al 80% del Coeficiente de Variación Salarial.

  • Se considera a aquellos que tenga dos o más inmuebles a su nombre o un auto de hasta tres años de antigüedad. 

Ingresos menores: El impacto en factura equivaldrá a un incremento porcentual anual en su factura de hasta el 40% del Coeficiente de Variación Salarial.

  • Se considera a aquellos que sus ingresos sean menores al valor de una canasta básica, sea un domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario, al menos un integrante de la casa tenga la Pensión Vitalicia a Veteranos, al menos un integrante posea certificado de discapacidad expedido por autoridad competente 

 

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