Pensión por fallecimiento: cómo podés tramitarla por Internet
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El Gobierno publicó un comunicado señalando que ahora se podrá tramitar la pensión derivada a través de Internet. Este beneficio les corresponde a los familiares de un retirado fallecido.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) publicó en sus Redes Sociales cómo acceder a una pensión derivada, es decir para aquellas personas que quedaron viudas, a través de un trámite que se puede realizar por Internet.
Según informó ANSES esta Pensión derivada por fallecimiento de un jubilado es “para garantizar un acompañamiento económico al familiar de un jubilado fallecido”.
Pensión derivada o por viudez: ¿a quiénes les corresponde?
Cónyuge, conviviente o hijos de jubilado fallecido.
Requisitos
Podés solicitar la prestación si sos:
Cónyuge: partida de casamiento actualizada (la actualización debe ser posterior a la fecha de fallecimiento).
Conviviente: tenés que acreditar 5 años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. Si tienen un hijo reconocido por ambos, el plazo se reduce a 2 años.
Hijos: ser menor de 18 años, soltero y no cobrar otra prestación. No hay límite de edad en los casos que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado a cargo del jubilado fallecido.
Tené en cuenta que para realizar este trámite deben haber transcurrido 10 días hábiles desde el fallecimiento de la persona jubilada.
Si sos huérfano tenés que presentar original y copia del testimonio de tutoría o curatela transitoria o definitiva, con aceptación de cargo, discernimiento y autorización para percibir haberes devengados y a devengar.
Cómo realizar el trámite por Internet
Ingresá en Mi ANSES
Ingresá en MI ANSES con tu CUIL y clave de la Seguridad Social y revisá que tu información personal y vínculos familiares estén registrados y actualizados.
Solicitud de prestaciones
Dirigite al apartado Solicitud de prestaciones y elegí “Pensión derivada por fallecimiento de un jubilado”