Los Jubilados que tengan sentencia firme por juicios a la ANSES por pagos parciales, comenzarán a percibir este monto a partir del año próximo ¿Cómo será el pago?
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) implementó un nuevo procedimiento para que los jubilados con sentencia firme por reclamos de mala liquidación de haberes, puedan cobrar sus montos adeudados. Esta medida, que contempla el cobro de retroactivos de sentencias, permitirá que los pagos se acrediten directamente en las cuentas de los beneficiarios.
Según la Resolución 1250/2024 del organismo previsional, se definieron las modalidades y modelos de contrato para que los agentes pagadores de las jubilaciones acrediten los fondos en las cuentas de los jubilados de manera directa. Esta iniciativa es parte de un esfuerzo por optimizar la gestión de recursos y garantizar que los pagos sean realizados de forma eficiente.
En julio de este año, el Gobierno decidió actualizar los haberes de los jubilados que ganaron juicios debido a la incorrecta liquidación de sus pagos. Esta actualización responde a la necesidad de ajustar tanto el monto mensual de las jubilaciones o pensiones, como el pago retroactivo del dinero que no se abonó correctamente en su momento.
Actualmente, se estima que hay un stock de aproximadamente 94.000 sentencias pendientes de resolución para septiembre de este año. El Gobierno ha adoptado un enfoque gradual, resolviendo estas sentencias por tandas.
¿Cómo se pagarán los retroactivos?
El procedimiento de pago establecido requiere que, antes de acreditar las liquidaciones en la cuenta sueldo de la seguridad social, las entidades pagadoras constaten el consentimiento del titular mediante una nota dirigida a las mismas.
Además, en caso de que el beneficio sea percibido por una tercera persona, se exige un poder especial en escritura pública y la apertura de una cuenta a nombre del beneficiario específicamente para estos fines.
¿Dónde acreditarán este dinero?
La medida dispone que las entidades pagadoras acrediten directamente las liquidaciones de los retroactivos dispuestos por sentencias judiciales a la Clave Bancaria Uniforme (CBU) asociada a la cuenta de seguridad social habilitada para la percepción de las prestaciones previsionales.