La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que en julio incrementarán los topes de facturación y por ende subirán los límites de todas las categorías.
El reajuste llevará a los siguientes topes:
Actividades de servicios: De $5.650.236,51 (una facturación promedio mensual de $470.853) a $7.996.484,11 ($666.374, promedio mensual)
Actividades comerciales: De $8.040.721,19 ($670.060 por mes, en promedio) a $11.379.612,01 ($948.301 mensuales).
Si una persona se excede del monto permitido, pasará al sistema impositivo general, con inscripción en IVA y Ganancias y con el pago mensual de aportes previsionales de autónomos.
En tanto los escalafones más bajos quedarán:
Facturación admitida subiría el 41,52%.
En julio regirá el período para la recategorización obligatoria de todos los contribuyentes. Se trata del trámite por el cual cada monotributista debe observar la facturación de los 12 meses previos y, en caso de ser necesario, reubicarse en la tabla de las categorías que responden a diferentes rangos de ingresos.
La medida que se dispondría ahora impactaría sobre los ingresos máximos permitidos, pero no afectaría los importes a pagar por el impuesto integrado y por los aportes a la obra social y al sistema jubilatorio.
La ley, de hecho, aclara que la atribución de anticipar parte de la actualización del esquema tiene “efecto exclusivo para el caso de los parámetros de ingresos brutos”.
Los que tienen la categoría A pagan: