El Senado debate el proyecto de propiedad privada: cómo funcionarán los desalojos exprés y qué cambia para los inquilinos

El Senado debate el proyecto de propiedad privada: cómo funcionarán los desalojos exprés y qué cambia para los inquilinos

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La Cámara alta retomará este viernes a las 14 el tratamiento de una versión acotada de la iniciativa. El eje estará puesto en agilizar los desalojos de inmuebles usurpados y regularizar situaciones de ocupación. También contempla cambios en las expropiaciones, la Ley de Manejo del Fuego y la digitalización de escrituras.

El Senado retomará este viernes a las 14 el debate del proyecto de propiedad privada, luego de que la discusión quedara suspendida el pasado 16 de julio por las diferencias entre los bloques. La nueva versión del dictamen de mayoría es más acotada que la propuesta original y tiene como principal eje la agilización de los desalojos de viviendas, terrenos y campos usurpados.

El oficialismo busca avanzar con la iniciativa impulsada dentro del paquete de reformas promovido por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger. El texto sufrió modificaciones durante las negociaciones y quedaron afuera los artículos que flexibilizaban la venta de tierras a extranjeros y los relacionados con los barrios populares.

Cómo serán los desalojos exprés

Uno de los puntos centrales del proyecto es la creación de un mecanismo de desalojo exprés para inmuebles usurpados o en situaciones de tenencia precaria.

Según el dictamen, el juez podrá disponer la entrega inmediata del inmueble cuando considere que el derecho invocado por el propietario es verosímil y luego de que este presente una caución juratoria.

Además, a pedido del dueño, el magistrado podrá intimar al ocupante a devolver el inmueble dentro de un plazo de 72 horas. Para iniciar el procedimiento, el propietario deberá acreditar mediante documentación que es titular del terreno, vivienda o campo.

El proyecto también establece reglas específicas para los casos de alquileres con deudas. El propietario deberá enviar una carta documento al inquilino y otorgarle al menos 10 días corridos desde la recepción de la notificación para regularizar la situación.

La comunicación deberá enviarse al domicilio declarado en el contrato o por correo electrónico e indicar con precisión el lugar en el que deberá efectuarse el pago.

Si el incumplimiento continúa, el propietario podrá iniciar la acción de desalojo, que deberá concretarse en un plazo de 10 días hábiles.

Qué pasa con las llaves y las deudas

La iniciativa también establece que el propietario no podrá negarse a recibir las llaves del inmueble ni imponer condiciones para aceptarlas.

Sin embargo, podrá dejar constancia por escrito de que existen deudas pendientes y reclamar su pago posteriormente.

En los casos en que haya menores de edad o adultos en situación de desamparo, el juez deberá dar intervención a los organismos locales de protección y al Ministerio Público Tutelar.

A su vez, se deberá establecer un plazo prudencial, que no podrá superar los 10 días, para garantizar una alternativa habitacional transitoria, sin que esto implique detener el proceso de desalojo.

Qué cambia en las expropiaciones

El proyecto también introduce modificaciones sobre las expropiaciones. La declaración de utilidad pública deberá interpretarse de manera restrictiva y el Estado tendrá que fundamentar de forma clara los motivos que justifican la medida.

Además, el dictamen establece un límite del 30% para la indemnización correspondiente al lucro cesante, mientras que la propuesta original no contemplaba un porcentaje máximo.

En cuanto a los intereses, se aplicará una tasa vinculada al Índice de Precios al Consumidor (IPC) más la tasa del Banco Nación a 30 días.

Otro de los puntos establecidos es que la transferencia del inmueble no podrá concretarse sin que previamente se haya abonado la indemnización correspondiente. No obstante, el Estado podrá solicitar judicialmente la posesión del bien.

Si existe una diferencia respecto del valor que debe pagar el Estado, el juez podrá solicitar un dictamen al Tribunal de Tasaciones de la Nación.

Cambios en la Ley de Manejo del Fuego

La iniciativa también modifica las restricciones sobre los terrenos afectados por incendios.

En particular, elimina el artículo que establecía que, cuando un predio rural sufriera un incendio, durante 30 años no podía modificarse el uso de las superficies incendiadas en zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y áreas periurbanas.

En el caso de los bosques nativos, continuará vigente la prohibición de modificar el uso y destino de las tierras afectadas por incendios, aunque se elimina el plazo de 60 años contemplado en la normativa actual.

Digitalización de escrituras y regularización dominial

Otro de los cambios previstos apunta a modernizar los registros inmobiliarios. El proyecto habilita la presentación de documentación digital en los Registros de la Propiedad de todo el país, aunque algunas jurisdicciones ya cuentan con sistemas similares.

También modifica la denominada Ley Pierri, que establece mecanismos de regularización dominial.

La reforma permitirá que familias que hayan mantenido durante los 10 años anteriores una posesión pública de una vivienda única puedan acceder a la regularización y obtener la escritura correspondiente, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.

Un proyecto más acotado

El texto que llegará al recinto es una versión reducida respecto de la iniciativa original. Durante las negociaciones quedaron fuera los artículos que buscaban flexibilizar la adquisición de tierras por parte de extranjeros y también aquellos vinculados con los barrios populares.

De esta manera, el oficialismo intentará avanzar con un proyecto centrado principalmente en fortalecer los derechos de los propietarios, agilizar los procesos de desalojo y modificar las reglas sobre expropiaciones, tierras afectadas por incendios y regularización de escrituras.

El debate en el Senado será retomado este viernes a las 14 y será clave para determinar si la iniciativa logra avanzar hacia su tratamiento definitivo.

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