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Volver al Trabajo: cómo subir tu Currículum Vitae para conseguir empleo y no perder los $78000

La Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ya tiene alojado en su sitio el nuevo programa social Volver al Trabajo. Uno de los requisitos es que los beneficiarios consigan trabajo y hasta van a poder hacerlo mientras reciben el plan, por ello, tienen que subir su CV.

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Redacción ElNueve.com
23 de abril de 2024 | 09:58

La Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ya tiene alojado en su sitio el nuevo programa social Volver al Trabajo. Uno de los requisitos es que los beneficiarios consigan trabajo y hasta van a poder hacerlo mientras reciben el plan, por ello, tienen que subir su Currículum Vitae.

La presentación del CV es uno de los requisitos para permanecer en el plan y cobrar $78.000 por 24 meses. Este programa es para personas de hasta 49 años.

Los beneficiarios deben participar en cursos de orientación digitales autogestionados. Asimismo tienen que cargar su CV al Portal Empleo para recibir ofertas laborales de empresas interesadas en incorporarlos en su nómina de personal.

La particularidad de este plan social es que es compatible con el trabajo formal.

Su cobro es compatible con el empleo en relación de dependencia con una remuneración de hasta tres veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). También lo es con el trabajo como empleado doméstico, monotributista social o monotributista de la categoría A.

Recordemos que no se abrirá nuevas inscripciones. Solamente lo cobran quienes estaban dados de alta en Potenciar Trabajo al momento del traspaso de los programas.

¿Cómo cargar el Currículum Vitae en Portal Empleo?

Para ingresar el Currículum Vitae en Portal Empleo puedes hacer estos pasos:

  • Ingresar al Portal Empleo, hacer clic en «Volver al trabajo» e indicar el número de CUIL.
  • Una vez validada el alta en Volver al Trabajo, pulsar en el botón «Registrar».
  • Cargar el Documento Nacional de Identidad y el número de trámite. Se tiene que indicar la información del último ejemplar del DNI.
  • Pueden darse dos situaciones, que ya se esté registrado en el Portal Empleo o no. Los que lo están pueden cargar el Curriculum Vitae (CV) directamente. Aquellos que no se registraron anteriormente deben ingresar sus datos personales y de contacto, iniciar sesión por primera vez y confirmar el e-mail para cargar su historial laboral.

¿Cómo chequear si sos parte de Volver al trabajo?

Para chequear si sos parte de Volver al Trabajo lo podés hacer a través de la página de Portal Empleo. Solo tenés que colocar tu CUIL y si cumplís con los requisitos vas a entrar al programa.

ENTRÁ DESDE ACÁ Y FIJATE SI SOS PARTE DE VOLVER AL TRABAJO

Cumplo los requisitos pero no estoy inscripto

Las personas que cumplen los requisitos y que eran parte de Potenciar Trabajo pero no están inscriptas pueden registrarse.

REGISTRATE DESDE ACÁ

De qué se trata el programa Volver al Trabajo?

El programa "Volver al Trabajo" estará orientado a la población de 18 a 49 años y buscará "fortalecer las habilidades laborales y mejorar la empleabilidad", para "incorporar a estos individuos en el mercado de trabajo formal" y se estimó que "el 75% de los beneficiarios del Plan Potenciar Trabajo pasarán a este nuevo programa".

Este programa tendrá un "enfoque integral", proporcionará "orientación y asistencia" en la búsqueda de empleo, servicios de intermediación laboral, capacitación, certificación de competencias, y promoción de emprendimientos productivos, detallaron.

Asimismo, informaron que se permitirá ser beneficiario del programa y mantener un empleo formal registrado, con ingresos de hasta tres Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM).

¿Quiénes pueden acceder al programa Volver al Trabajo?

Pueden acceder al programa Volver al Trabajo beneficiario del Potenciar Trabajo de 18 a 49 años.

¿Cuánto cobrarán los beneficiarios de Volver al Trabajo?

Si bien no se sabe cuánto cobrarán los beneficiarios de Volver al Trabajo, se estima que perciban, al menos por ahora, lo mismo que Potenciar Trabajo que terminó en $78000.

¿Se podrá trabajar con Volver al Trabajo?

Sí, se podrá tener un empleo de hasta $550.000 y durante unos años cobrar el plan. El objetivo es la inserción laboral.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a Volver al Trabajo?

Los beneficiarios de Potenciar Trabajo que desde abril hayan sido transferidos a la órbita de Volver al Trabajo no deberán presentar ninguna de las siguientes 16 condiciones para mantener el cobro de haberes:

1. Sean prófugos de la justicia penal y/o correccional nacional, provincial o federal;

2. Se encuentren registradas como empleadoras en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA);

3. Perciban un subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgada por el Estado Nacional, Provincial, Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

4. Sean titulares de más de un bien inmueble;

5. Sean titulares de un automotor, embarcaciones y/o aeronaves, cuya antigüedad sea menor a 10 años;

6. Perciban Jubilaciones y pensiones contributivas y no contributivas;

7. Perciban prestación o subsidio por desempleo;

8. Posean un empleo formal bajo relación de dependencia, salvo los supuestos de compatibilidad aplicables para trabajadoras de casas particulares, rurales e ingresos en blanco inferiores a tres Salarios Mínimos.

9. Sean trabajadores independientes registrados, salvo aquellos inscriptos en la categoría de Monotributo Social o Monotributo A;

10. Hayan viajado al exterior tiempo suficiente que impida cumplir con la contraprestación correspondiente o a destinos que, por sus características -y a criterio de la Autoridad de Aplicación - sean consistentes con ingresos mayores a los previstos en las compatibilidades establecidas en el artículo anterior;

11.  El que impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, subterráneo, agua o aire o no permitiere a terceros movilizarse libremente por la vía pública, será egresado del programa en forma inmediata procediéndose a suspender el pago del beneficio;

12.  Incurrir en actos de violencia que importen la alteración del orden público, que hayan sido notificados de manera fehaciente por los organismos competentes;

13.  Fallecimiento del titular;

14. Por renuncia expresa del titular;

15.  Por falsedad de las declaraciones juradas debidamente constatada,

16.  Por incurrir en alguna causal de incompatibilidad prevista en el artículo 15 del presente.

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