La Suprema Corte de Justicia de Mendoza revirtió la absolución dictada en 2023 y declaró culpable a la religiosa japonesa por cinco hechos de abuso sexual contra exalumnos del Instituto Próvolo de Luján de Cuyo. Ahora, un tribunal deberá determinar la pena.
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza modificó este viernes el escenario judicial del Caso Próvolo al condenar a la monja Kumiko Kosaka, quien había sido absuelta en el segundo megajuicio por los abusos cometidos contra niños y niñas sordos que asistían al instituto religioso de Luján de Cuyo.
El máximo tribunal provincial resolvió, por mayoría, que la religiosa es responsable de cinco hechos de abuso sexual, algunos en calidad de autora y otros como partícipe de delitos cometidos por el sacerdote Horacio Corbacho, quien recibió una condena de 45 años de prisión.
La decisión fue adoptada por 2 votos contra 1. La jueza Teresa Day y la conjueza Silvina Miquel se pronunciaron a favor de modificar la sentencia, mientras que el juez Julio Gómez votó por mantener la absolución.
La Corte también mantuvo la absolución de las otras mujeres que habían sido juzgadas en el segundo proceso. En el caso de Kosaka, la pena todavía no fue establecida: el expediente deberá regresar a un tribunal de grado para determinar cuántos años de prisión le corresponden.
Qué resolvió la Corte de Mendoza sobre Kumiko Kosaka
La sentencia condenó a Kumiko Kosaka por cinco hechos de carácter sexual. En dos de ellos, la Corte consideró que tuvo participación en abusos cometidos por Horacio Corbacho, uno de los sacerdotes condenados en el primer megajuicio del caso.
Los otros tres hechos fueron considerados abusos sexuales simples, vinculados con tocamientos denunciados por exalumnas y exalumnos del instituto.
Al mismo tiempo, la Suprema Corte mantuvo la absolución de Kosaka por otros dos hechos que formaban parte de la acusación original, al considerar que no existían elementos suficientes para sostener esas imputaciones.
Por tratarse de una resolución que modifica la sentencia anterior, ahora será un tribunal de primera instancia el encargado de establecer la pena correspondiente.
Uno de los principales argumentos utilizados por el máximo tribunal mendocino fue la manera en que se había valorado la evidencia durante el juicio anterior.
En un fallo de casi 300 páginas, la Corte sostuvo que el tribunal que había absuelto a Kosaka realizó una valoración fragmentada de las pruebas, en lugar de analizarlas de manera conjunta. Según los jueces que votaron por la condena, esa metodología llevó a una conclusión que no se correspondía con el conjunto de elementos incorporados a la causa.
Los cinco hechos por los que fue condenada Kosaka
La resolución analiza distintos episodios denunciados por exalumnos del Instituto Próvolo. Uno de ellos está relacionado con una víctima que denunció haber sido abusada sexualmente por Corbacho. Según su relato, posteriormente Kosaka habría intervenido para ocultar las consecuencias del ataque. La Corte consideró que la conducta de la religiosa configuró una forma de participación en el delito.
En otro caso, una exalumna señaló que Kosaka le habría ordenado llevar comida hasta la habitación de Corbacho, donde posteriormente se produjo el abuso. También por este episodio la religiosa fue considerada partícipe.
Los restantes hechos por los que fue condenada están vinculados con tocamientos denunciados por exalumnas y un exalumno.
En uno de los casos, una víctima aseguró que Kosaka la tocó mientras se encontraba junto a otra compañera. En otro episodio, una exalumna denunció tocamientos en la zona del pecho. La Corte consideró acreditados esos hechos como abuso sexual simple.
También fue condenada por un hecho denunciado por un exalumno, quien sostuvo que la religiosa lo tocaba y le hacía realizar determinadas acciones. En este caso, la Corte la responsabilizó como autora de abuso sexual simple.
Qué pasó con las otras mujeres acusadas
La resolución del máximo tribunal provincial no alcanzó a todas las mujeres que habían sido juzgadas en el segundo megajuicio.
La Corte confirmó las absoluciones de las otras acusadas, entre ellas la monja Asunción Martínez, la exrepresentante legal del instituto Graciela Pascual, una exdirectora y una excocinera.
En estos casos, los magistrados consideraron que no se encontraba acreditada de manera suficiente la responsabilidad penal por las omisiones que se les atribuían frente a los abusos denunciados. De esta manera, la situación judicial de las demás imputadas se mantiene sin modificaciones.
El Caso Próvolo y los primeros condenados
El Caso Próvolo salió a la luz en noviembre de 2016, cuando comenzaron a conocerse denuncias de abusos sexuales sufridos por niños y niñas sordos que concurrían al Instituto Antonio Próvolo, ubicado en Carrodilla, Luján de Cuyo.
La investigación derivó en uno de los procesos por abusos sexuales contra menores más importantes de la historia reciente de Mendoza y de la Iglesia Católica en Argentina.
En el primer megajuicio fueron condenados distintos integrantes de la institución.
Horacio Corbacho recibió una pena de 45 años de prisión, mientras que el sacerdote Nicola Corradi fue condenado a 42 años. También fueron sentenciados el exjardinero Armando Gómez, a 18 años, y el exmonaguillo Jorge Bordón, a 10 años.
Las principales condenas fueron posteriormente confirmadas por la Justicia mendocina y por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Corradi murió en 2021.