Asignación Universal por Hijo

ANSES: por qué no es necesario presentar el certificado de escolaridad para cobrar la AUH

El certificado de escolaridad ya no será condicionante del cobro de la ayuda escolar. La palabra del director de ANSES sobre el tema.

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Redacción ElNueve.com
10 de febrero de 2020 | 13:45

El pago de la Asignación por Ayuda Escolar se realizará este año en forma masiva, aún cuando no se haya acreditado a la fecha la escolaridad de los alumnos beneficiarios, dispuso la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

La falta de presentación de los certificados escolares al 31 de diciembre de 2019 no se encuentra necesariamente ligada a trayectorias escolares discontinuas”, justificó la ANSES en la resolución 28/2020, que se publica este 10 de febrero en el Boletín Oficial.

El organismo dispuso que quienes no hayan presentado esos certificados podrán presentarse hasta el próximo 31 de diciembre.

La medida consideró necesario “continuar profundizando el trabajo articulado con los distintos organismos y ministerios para realizar acciones conjuntas que tiendan a resolver las barreras para que los niños, niñas y adolescentes puedan acceder y sostener el derecho a la Seguridad Social”.

El Régimen de Asignaciones Familiares (ley 24.714), indica la resolución, prevé la asignación por ayuda escolar anual "se hará efectiva en el mes de marzo de cada año, se abonará por cada hijo que concurra regularmente a establecimientos de enseñanza básica y polimodal o bien, cualquiera sea su edad, si concurre a establecimientos oficiales o privados donde se imparta educación diferencial”.

ANSES ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO: ¿CUÁNDO Y CUÁNTO VAS A COBRAR EN FEBRERO?

El decreto 433/2015 estableció que la asignación por ayuda escolar anual se liquidará al inicio del ciclo lectivo para los niños, niñas y adolescentes de 4 a 17 años inclusive, tras la presentación del certificado pertinente que acredite la condición de alumno/a regular del establecimiento educativo, hasta el 31 de diciembre de cada año.

En agosto pasado, la resolución 203 de la ANSES supeditó el pago de la asignación a que se acredite en forma efectiva la escolaridad.

La resolución que firma ahora el titular del organismo, Alejandro Vanoli, señaló sin embargo la vigencia de la reciente ley 27.541, que declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, “debido a la gravedad de la situación económica que afronta el país”.

“En función del contexto económico y social de emergencia y ante el inminente inicio del ciclo lectivo”, indicó la norma, corresponde derogar la anterior obligación y restituir el pago masivo de la asignación por ayuda escolar aún cuando no se haya presentado todavía el certificado correspondiente hasta fines del año pasado.

Fuente: Telam

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