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AFIP: paso a paso para reclamar la devolución de las percepciones en los gastos con dólares

Ya podés pedir el 35% de reintegro si compraste dólar ahorro o hiciste gastos en el exterior con dólar tarjeta durante el 2023.

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Redacción ElNueve.com
3 de enero de 2024 | 16:42

Los contribuyentes que hayan realizado operaciones en dólares con tarjeta durante 2023 podrán solicitar a la AFIP la devolución de las percepciones del 35% que se aplicaron como adelanto de Ganancias y Bienes Personales. La opción ya está disponible en la página web del organismo y se podrá gestionar el reintegro de las percepciones correspondientes a todo el año pasado.

Así, quienes hayan comprado dólar ahorro o hayan pagado gastos en el exterior con tarjeta podrán recuperar el dinero que se les retuvo por esos conceptos, siempre que no estén alcanzados por los impuestos mencionados o hayan tenido un saldo a favor.

Pasos para pedir la devolución del 35% a cuenta de Ganancias: 

  • Ingresar en el sitio oficial de AFIP
  • En el recuadro “Ingresar con Clave Fiscal”, presionar “Iniciar sesión”. Luego, ingresar el número de CUIT y clave fiscal.
  • Ir al apartado de servicios: “Devolución de percepciones”. Si no está dentro de los servicios habilitados, se puede agregar desde la opción “Mis Servicios”, escribiendo en el buscador y presionando el botón Agregar.
  • En la pantalla inicial se debe seleccionar la solapa “Nuevo” para crear una nueva presentación. Allí se debe indicar el período por el que se quiere realizar una solicitud. Es preciso realizar una presentación por cada mes en que se practicaron percepciones.
  • Seleccionar o deseleccionar las percepciones que correspondan.
  • Si las percepciones fueron informadas por un agente de retención/percepción, solamente deberán seleccionarse y pedir su devolución. O agregarlas manualmente cuando no hayan sido informadas.
  • Una vez cargadas, el sistema permitirá grabar la presentación.
  • Presionando la opción “Presentar”, el sistema pedirá confirmar la operación, para comenzar el proceso de trámite de devolución de las percepciones.
  • En caso de detectar algún error en la declaración jurada, podrá generarse una rectificativa. Para ello, en la solapa “Buscar” se deben ingresar los datos correspondientes al período, estado de la solicitud y la fecha de modificación desde - hasta. Luego presionar Aceptar.
  • El sistema mostrará todos los formularios cargados para el período y estado indicados.
  • Desde la columna Acciones se puede ver el detalle de las solicitudes generadas o realizar una rectificativa.
  • La solapa “Percepciones con devolución aprobada” contiene la información de aquellas percepciones que ya han ingresado en una solicitud anterior y que se encuentran aprobadas en proceso de pago o pagadas.


Quiénes pueden pedir la devolución del 35%: 

  • Quienes no se encuentren inscriptos en el impuesto a las ganancias, ni les corresponda realizar la inscripción.
  • Quienes no se encuentren inscriptos en el impuesto a las ganancias, ni les corresponda realizar la inscripción.
  • Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto a las ganancias pero no en bienes personales, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 219.
  • Quienes no se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los bienes personales, ni les corresponda realizar la inscripción.
     Se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los bienes personales pero no en ganancias, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 217.
  • Quienes trabajen en relación de dependencia y no sean sujetos de retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador como agente de retención.
  • Quienes trabajen en relación de dependencia y siendo pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador, como agente de retención, les hayan realizado la percepción bajo el código 219.

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