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¿Ya sabes dónde votar? Entra acá para consultar el padrón

La Cámara Nacional Electoral publicó el padrón definitivo donde vas a poder verificar lugar y mesa de votación.

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Redacción ElNueve.com
23 de septiembre de 2023 | 14:41

La Cámara Nacional Electoral (CNE) publicó el padrón definitivo para que los ciudadanos puedan revisar el establecimiento y mesa que les tocó para votar el domingo 22 de octubre en las elecciones generales.

A partir de este viernes, la Cámara Nacional Electoral puso a disposición el padrón definitivo para los comicios en los que se votarán las categorías diputados y en algunas provincias también senadores.

En el caso de Mendoza, se eligen gobernador, vice, legisladores y autoridades municipales.

Las personas que se encuentran en condiciones de votar podrán verificar con sus datos, el lugar y mesa de votación previstos para las elecciones generales.

El padrón definitivo se podrá consultar en el sitio web oficial www.electoral.gob.ar y también en www.padron.gob.ar 

En ambas páginas webs el elector debe introducir su número de documento, género, distrito donde vota e ingresar un código verificador.

A partir de esos datos, conocerá el establecimiento y la mesa en que debe sufragar.

El máximo tribunal electoral remarcó que a la hora de votar el ejemplar del documento debe ser igual o posterior al figura en el padrón. Además, aclaró que el “DNI en tu celular” no es válido para votar.

El cronograma establece que el domingo 22 de octubre se harán las elecciones generales y, si no llega a haber un ganador de acuerdo a lo que establece el Código Electoral, la segunda vuelta está fijada para el 19 de noviembre­.

¿Qué pasa si no voto?

La no emisión del voto en Mendoza tiene como consecuencia una sanción económica y una pena censora, a excepción de los casos en que el ciudadano pueda justificar su ausencia a las urnas por alguno de los motivos contemplados en el Código Electoral mendocino.

 El artículo 112 de dicho código define las penas y multas en los casos en que se haya incumplido con la obligación de votar. “El elector que, sin causa legítima, dejase de emitir su voto en cualquier elección efectuada en el distrito donde se encuentre inscripto, será penado con la publicación de su nombre por la junta electoral, como censura por haber dejado de cumplir su deber electoral; y con una multa de 100 pesos”, se puede leer en la normativa, y añaden que, en caso de reincidencia, la multa será “del doble de la que se le haya impuesto por la infracción anterior”.

De acuerdo al artículo 113 del Código Electoral mendocino, si el ciudadano no asistió a las urnas por residir a más de 500 kilómetros de su lugar de votación, encontrarse enfermo o tener otro impedimento legítimo, no recibirá la pena estipulada por la ley. Sin embargo, deberá tener debidamente comprobado el motivo ante el juez o la autoridad competente.

¿Quienes quedan exentos de votar?

Según el Código Electoral de Mendoza, las personas que quedan exentas de la obligación de sufragar en las elecciones provinciales son las siguientes:

- Los electores mayores de 70 años.

- Los jueces y sus auxiliares y todos los funcionarios públicos que deban asistir a sus  oficinas y tenerlas abiertas durante las horas de la elección.

- Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros de la mesa en que les corresponda votar.

- Los que estuvieren enfermos o imposibilitados físicamente, o que, por razones de fuerza mayor debidamente comprobadas, estén impedidos de concurrir a los comicios.

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