Este martes concluye el registro que habilitó el Gobierno Nacional para mantener los subsidios de luz y gas. La pregunta que se hacen todos es: ¿qué pasa si no me inscribí? ¿Si la factura está a nombre de otro?
Esta "segmentación de tarifas" significa que millones de argentinos continúen pagando la luz y gas con subsidios teniendo en cuenta los aspectos socio-económicos de cada hogar.
Este registro pretendía identificar al 90% de los usuarios y usuarias que cumplan los requisitos para mantener el subsidio vigente.
Es por ello que deben inscribirse todos los argentinos que quieran mantener los subsidios que hoy reciben en sus hogares.
El Gobierno señaló que aquellos usuarios que no llegaron a cargar sus datos para solicitar la continuidad de subsidios van a tener una instancia posterior para sumarse a esquema.
Se trata de una adaptación del actual Registro de Acceso a los Subsidios de Energía (RASE) (el formulario que se utiliza hasta ahora) pero será posterior a las primeras facturas sin subsidio que le llegarán a los no inscriptos, y sobre las cuales no habrá reintegros.
De esta manera, aquellos que no se inscribieron pagarán 1 0 2 facturas sin subsidio, pero después se podrán inscribir.
Si no te inscribiste:
Si la factura está a nombre de otra persona, te podés inscribir igual. En el apartado donde hay que colocar el nombre hay que señalar que es de otra persona.
Para inscribirte vas a poder hacerlo en la página web del Gobierno destinada a hacer efectivos los subsidios: www.argentina.gob.ar/subsidios.
Antes de inscribirte tenés que tener en cuenta:
Documentos terminados en:
Luego vas a tener que aceptar la Declaración Jurada que señala que todos los datos que vas a aportar a continuación son fehacientes.
En esta etapa tienen que colocar datos personales y laborales:
Al final se debe aclara que todos los datos son reales.
El Gobierno Nacional decidió aplicar los subsidios teniendo en cuenta el Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año anterior.
El Nivel 2:
Usuarios y usuarias, a quienes, tomando como referencia el ámbito de jurisdicción nacional, el impacto en factura que genere la corrección del componente energía equivaldrá a un incremento porcentual total anual en su factura que no podrá superar el CUARENTA POR CIENTO (40 %) del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año anterior.
Nivel 3 Ingresos Medios:
Usuarios y usuarias, no comprendidos en los Niveles 1 y 2, a quienes, tomando como referencia el ámbito de jurisdicción nacional, el impacto en factura que genere la corrección del componente Energía equivaldrá a un incremento porcentual total anual en su factura de hasta el OCHENTA POR CIENTO (80 %) del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año anterior.
Los usuarios que van a contar con subsidios son los del Nivel 2 (aquellos que cobren menos de $100.000)
Nivel 3 – Ingresos Medios (entre $100.000 y $300.000)
Usuarios y usuarias no comprendidos en los niveles 1 y 2 a quienes, tomando como referencia el ámbito de jurisdicción nacional, el impacto en factura que genere la corrección del componente Energía equivaldrá a un incremento porcentual total anual en su factura no mayor al OCHENTA POR CIENTO (80 %) del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año anterior.
Asimismo, serán incluidos en este nivel quienes, pudiendo integrar el Nivel 2 Menores Ingresos, en virtud de reunir alguna de las condiciones señaladas precedentemente para dicho nivel:
Nivel 1 – Mayores Ingresos (más de $300.000):
El Gobierno Nacional señaló que, con el fin de que las personas puedan acceder al trámite en forma ágil y gratuita, las prestadoras del servicio público correspondiente y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), a través de sus oficinas, deberán asegurar la atención presencial facilitando la carga digital de forma tal de universalizar el acceso en todo el territorio nacional.
El Gobierno Nacional informó que las AUH, AUE y Potenciar Trabajo se incluirán en el nivel 2 de menores ingresos según el siguiente texto:
"Los usuarios y las usuarias que, en virtud de ser beneficiarios o beneficiarias de programas sociales nacionales de transferencia monetaria como AUH, AUE, AUD, PROGRESAR, POTENCIAR TRABAJO y otros similares conforme lo establezca la reglamentación, podrán ser incluidos en el padrón de beneficiarios y beneficiarias por la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO en el "Nivel 2 - Menores Ingresos", sobre la base de la información con la que cuenta el Estado nacional en sus registros, cuando así corresponda"