Un hombre está siendo investigado por amenazar a su madre y violar la prohibición de acercamiento que le impuso la Justicia hace más de un año.
Sobre el hombre pesaba una orden de prohibición de acercamiento dispuesta por el Juzgado Civil N°68, en virtud del hecho ocurrido el 22 de marzo de 2016, en el interior de la vivienda que ambos habitaban, en el barrio porteño de San Cristóbal, Buenos Aires.
La titular de la Fiscalía Criminal de Instrucción N°4, Cristina Caamaño Iglesia Paiz, le solicitó al juez Santiago Quian Zavalía que indague a Enrique Gustavo Jarius, en orden a los delitos de amenazas coactivas en perjuicio de su madre y desobediencia de una orden judicial.
De acuerdo con la presentación de la fiscal, en la madrugada del 22 de marzo, en oportunidad que la mujer dormía en la planta alta de la casa, Jarius llegó alcoholizado y con una herida sangrante en un brazo, y la obligó a levantarse de la cama, al tiempo que le exigía que se fuera de allí o la mataría.
“Si vos no te vas de acá, te mato, te corto de a pedacitos y te pongo en una bolsa de residuos, así vas a salir de acá” le dijo a su madre. Asimismo le advirtió que la iba a hacer pasar por “loca” para internarla en el Hospital Moyano, donde la drogarían y abusarían de ella.
Ante esto, la mujer bajó hacia la planta baja y se refugió en un baño. Sin embargo, el hombre la siguió y rompió la puerta a golpes y patadas, mientras la amenazaba nuevamente con matarla. Luego, el hombre le señaló la herida del brazo y le exigió dinero para un médico, pero la víctima le dijo que no tenía, lo cual hizo que golpeara la puerta durante otro rato, para luego cansarse e irse a dormir.
El episodio ocurrió cuando pesaba sobre Jarius un orden de prohibición de acercamiento respecto de su madre, la cual desobedeció.
La mujer efectuó la denuncia ante la Oficina de Violencia Doméstica (O.V.D.) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, donde declaró que su hijo posee problemas de adicciones y que continuamente la amenazaba de muerte. El informe interdisciplinario valoró “la situación de violencia de género en la que se encuentra inmersa la damnificada como de ALTO RIESGO” al tiempo que los facultativos de dicho organismo señalaron que, al momento de la entrevista, la damnificada presentaba “el Síndrome de Indefensión Aprendida, atento a la probable adaptación psicológica como modo de procesar el dolor frente a la falta de resolución de la problemática al no lograr evitar la violencia”.
En su presentación, la fiscal Caamaño sostuvo que la mujer realizó diversas denuncias penales contra su hijo, una de las cuales había sido elevada a juicio. Asimismo, señaló que la mujer, al declarar en la fiscalía, manifestó que no deseaba continuar con la acción penal, por cuanto consideraba que su hijo había cambiado y que la relación entre ellos había cambiado. Sin embargo, posteriormente la madre realizó una nueva denuncia por violencia contra su hijo.
“Las manifestaciones vertidas por la damnificada con posterioridad a su denuncia no hacían más que reforzar la postura sostenida, por cuanto más allá de los eventos pesquisados encuadraban en tipos penales que no requieren de instancia privada para su persecución, lo cierto es que dado el estado de vulnerabilidad en el que se encontraba la víctima, ésta no era consciente del severo riesgo que atravesaba, ni del estado de dominio al que estaba sometida, tendiendo a neutralizar y minimizar la violencia padecida” asegura la fiscal.
En tal sentido, consideró que “el evento denunciado por la víctima no se trató de un hecho aislado, sino que formó parte de una extensa conflictiva familiar que se habría visto reflejada en la reiteración de distintos episodios en el tiempo, que en su conjunto conformaron un contexto de violencia de género sostenido”.
Por otra parte, la Fiscalía le requirió al juez que también indague a Jarius en orden al delito de desobediencia a un funcionario público, ya que se corroboró que, con motivo de dos denuncias anteriores, pesaba sobre el hombre una restricción de acercamiento, la cual estaba vigente y de la que había sido debidamente notificado, cuando se produjo el hecho del 22 de marzo.