Con cuidado

Se viralízó una falsa convocatoria por el Maltrato Animal en las PASO

Este mensaje se difundió por las Redes Sociales y generó caos entre los mendocinos por la validez del voto.

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Redacción ElNueve.com
11 de agosto de 2017 | 21:23

Por las redes sociales y por mensajes de Wahtsapp, se viralizó una falsa convocatoria para un supuesto voto contra el maltrato animal.

Además de la falsa cadena, también se difundió el pedido de no colocar nada junto a la boleta porque este hecho provoca la nulidad del voto. Atribuyéndole la artimañana a un partido u a otro.

De acuerdo con lo establecido por las normas, un voto es nulo cuando "se emite con inscripciones o imágenes inadecuadas o se hayan incluido objetos extraños". Colocar algo más en la boleta en el sobre, calificaría como nulo ese sufragio.

"Para todos los que van a votar, recuerden: el día de las elecciones se puede pedir la cartilla para votar en contra del maltrato animal y para sancionar a quienes lo practican", describe el mensaje.

Y continúa: "con solo 5.000 votos se aprueba la ley" e incentiva a los votantes a difundir este mensaje porque "ellos no hablan pero estamos nosotros para hacerlos respetar".

La misma falsa campaña ya se había difundido en las últimas elecciones presidenciales de 2015, cuando se detectó que en realidad el mensaje provenía de Colombia y comenzó a circular por las redes sociales en el país.

Estos son los tipos de votos

  • Voto afirmativo (válido): son aquellos que se emiten con boleta oficializada de una misma agrupación para todas las categorías, o cuando para cada categoría de cargo se eligen boletas oficializadas de fuerzas políticas diferentes.
  • Voto en blanco (válido): cuando el sobre está vacío o contiene un trozo de papel de cualquier color sin ninguna inscripción. Cuando falta un cuerpo de boleta correspondiente a una categoría, se considera voto en blanco solo para dicha categoría.
  • Voto recurrido: es aquel cuya validez o nulidad es cuestionada por algún fiscal presente en la mesa. El fiscal deberá fundamentar en el formulario especial de voto recurrido con "expresión concreta de la causa".
  • Voto de identidad impugnada: es un voto sobre el cual el presidente de mesa o los fiscales consideran que el votante ha falseado su identidad; es decir, que no es el titular del documento cívico que presenta. La impugnación se realiza en el momento previo a emitirse el sufragio.
  • Voto nulo: es aquel que se emite con una boleta no oficializada, o cuando se emite con inscripciones o imágenes inadecuadas o se hayan incluido objetos extraños. También se considera nulo cuando se hayan incluido boletas de distintas agrupaciones políticas para una misma categoría de cargos, o cuando se emite mediante boleta oficializada que contiene inscripciones o leyendas de cualquier tipo.

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