Cambios

Las playas de estacionamiento de Ciudad dispondrán lugares para bicicletas

La ordenanza firmada por el Intendente de la Ciudad de Mendoza establece los espacios que deben contar para las bicicletas. Cuándo comenzará a regir y cuánto costará.

8 de octubre de 2020 | 13:32

Por iniciativa del intendente de la Ciudad de Mendoza, Ulpiano Suarez, el Concejo Deliberante estableció mediante ordenanza N° 4018, que las playas dispongan también de lugares para el estacionamiento de bicicletas, como parte de las medidas que promueven el uso de medios de movilidad no contaminantes. 

La normativa regirá a partir del 1 de enero de 2021 y se espera disponer en la Ciudad cerca de 1500 estacionamientos para bicicletas en playas.

De esta manera, se dispuso la obligatoriedad en el ámbito de la Ciudad de Mendoza. Estas y otras medidas deberán adoptar las playas de estacionamiento, según la cantidad de plazas vehiculares de las que disponga cada predio.

Se dispondrán los lugares para bicicletas según la capacidad de las playas, de la siguiente manera:

  • Opcional, de 1 a 20 plazas vehiculares – 5 lugares de estacionamiento de bicicletas.
  • 21 a 50 plazas vehiculares – 5 lugares de estacionamiento de bicicletas.
  • 51 a 100 plazas vehiculares – 10 lugares de estacionamiento de bicicletas.
  • 101 o más plazas vehiculares – 15 lugares de estacionamiento de bicicletas.


Algunas de las pautas establecidas:

  • Medida opcional para las playas de estacionamiento más pequeñas (hasta 20 plazas vehiculares).
  • Se contempla una eximición del 10% de los derechos de comercio para las playas una vez que incorporen los bicicleteros.
  • Se otorgará un bono fiscal a los titulares de playas de estacionamiento que acrediten inversión en infraestructura para la guarda de bicicletas que sea realizada en talleres de la Ciudad.
  • El sector de guarda de bicicletas podrá ser dispuesto por el titular de la playa, sin necesidad de ocupar un lugar destinado a un auto, ya que pueden generar un espacio nuevo para bicicletas.
  • Deberá estar demarcado y resguardado.
  • Los elementos que provean de seguridad al rodado como a sus accesorios, deberán ser provistos por los usuarios de la bicicleta y corre bajo su exclusiva responsabilidad.
  • Los titulares de playas de estacionamiento ya habilitadas, deberán presentar adecuación de las mismas para su evaluación y aprobación, y las nuevas habilitaciones deberán presentarse conforme lo establecido en la presente Ordenanza para su aprobación técnica.
  • La tarifa por hora o por turno a cobrar para el estacionamiento de bicicletas no deberá superar el 25% de la abonada por auto.

 

Fuente: Prensa Municipalidad de Ciudad

Mendoza +

chevron_left
chevron_right

Viral +

chevron_left
chevron_right

Noticiero 9 +

chevron_left
chevron_right

Lo Último