Con cuidado

La ANMAT prohibió productos cosméticos, médicos y domisanitarios

Las restricciones se publicaron en el Boletín Oficial de la Nación y corresponden a dos empresas.

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Redacción ElNueve.com
11 de agosto de 2017 | 15:44

Con la firma de tres disposiciones que fueron publicadas en el Boletín Oficial de este viernes, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología, Médica (ANMAT) prohibió productos cosméticos, médicos y domisanitarios a partir de distintas irregularidades detectadas.

A través de la disposición 9270-E/2017, se prohibió el uso y la comercialización en la Argentina de los siguientes artículos: VR Van Rossum Distribuidora– Alcohol en Gel, Origen: Argentina; sin datos de inscripción del producto ante la ANMAT (número de legajo del establecimiento elaborador y Res. N° 155/98); y VR Van Rossum Distribuidora Jabón Líquido Nacarado, Origen Argentina; sin datos de inscripción del producto ante la ANMAT (número de legajo del establecimiento elaborador y Res. 155/98).

"Consultada la base de datos de admisión de productos cosméticos de esta ANMAT surge que no existen antecedentes de inscripción que respondan a los datos identificatorios de los productos (…) y además no existen antecedentes de habilitación del (…) establecimiento", justificó la autoridad regulatoria. Además, el organismo instruyó sumario sanitario a la firma Distribuidora VR SRL.

Por otra parte, la disposición 9264-E/2017, estableció la misma restricción para todos los lotes de los siguientes productos domisanitarios elaborados por Induquímika a raíz de varias irregularidades constatadas: Insecticida Derribante, Fluído Desinfectante, líquido para Lampazo, Quitamanchas concentrado "j", Lavandina ropa Blanca, Lavandina Ropa Color, Lavandina en Gel, Quitasarro liquido perfumado y Soda cáustica liquida.

También se instruyó sumario sanitario al propietario de la firma por la presunta infracción a la legislación vigente.

Por último, la disposición 9269-E/2017 se ocupa de prohibir la comercialización de productos a Distribuidora Rivera, de la ciudad de Salta. La medida se extiende "hasta tanto obtenga la correspondiente habilitación sanitaria a nivel jurisdiccional y su posterior habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales".

Fuente: Infobae

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