Atención conductores

Desde el 2020 será obligatoria la revisión técnica vehicular

El control se deberá hacer una vez al año en los talleres habilitados.

6 de julio de 2018 | 13:58

Desde este viernes, será obligatoria en la provincia la Revisión Técnica Vehicular. Será exigida desde el 1 de enero de 2020, de acuerdo a la resolución n°106 de la Secretaría de Servicios Públicos, que salió publicada hoy en el Boletín Oficial.

De acuerdo a lo dispuesto, la RTO –Revisión Técnica obligatoria-  una vez al año se deberá someter al vehículo a este control en los talleres habilitados para dicho fin y así contar con la habilitación para circular. Cada rodado deberá exhibir la oblea –sin adulterar- en el parabrisas.

La Revisión Técnica Obligatoria incluirá el control de:

  • sistema de frenado
  • sistema de dirección
  • sistema de suspensión
  • sistema de transmisión
  • sistema de rodamiento
  • sistema de iluminación
  • nivel de intensidad sonora, silenciador y sistema de escape
  • emisión de contaminantes, gases de escape, pérdidas de fluidos
  • identificación del vehículo, numeración de motor, carrocería, chasis, chapa patente (concordancia con la documentación, ubicación reglamentaria, legibilidad)
  • estado general del vehículo y carrocería, elementos salientes o cortantes, deterioros, guardabarros, paragolpes, defensas reglamentarias, altura, puertas, capot y baúl.
  • parabrisas, luneta y cristales laterales
  • limpiaparabrisas
  • espejos retrovisores
  • dispositivos del sistema de instrumental y registro de las operaciones
  • accesorios de seguridad y elementos para emergencia tales como cinturones de seguridad, apoya cabeza, extintores o matafuegos, balizas triángulo reflectante, chaleco refractario y botiquín de primeros auxilios.

La normativa establece cuatro categorías de vehículos. Por un lado, la “L” que refiere a los “vehículos con menos de cuatro (4) ruedas”; la “M” que alude al “vehículo automotor que tiene por lo menos cuatro (4) ruedas, o que tiene tres (3)”; la “N”, “vehículo que tenga por lo menos cuatro (4) ruedas o que tenga tres (3) ruedas, cuando el peso máximo excede de mil kilogramos (1.000 kg) y sea utilizado para transporte de carga”; y la “O” que incluye “acoplados y semiacoplados”.

La oblea tendrá una vigencia de 12 meses, pero existen plazos de gracia para los siguientes casos:

Los vehículos de menos de 4 ruedas (L) OKM tendrán un plazo de gracia de 24 meses a partir de su fecha de patentamiento original. Si es usado, deberá ser cada 12 meses.

Si es de más de 4 ruedas y OKM, tendrá un plazo de gracia de 36 meses a partir de su fecha de patentamiento original. En tanto los transportes de carga, OKM, tendrán un plazo de gracia de 12 meses.

Más detalles de la resolución en el siguiente informe:

Mendoza +

chevron_left
chevron_right

Viral +

chevron_left
chevron_right

Noticiero 9 +

chevron_left
chevron_right

Lo Último