Una resolución decretada por la Secretaría de Comercio de la Nación, le permitirá a los usuarios de servicios contratados por Internet darle de baja por el mismo canal.
La Dirección provincial de Defensa del Consumidor señaló que las empresas de telefonía móvil y fija, internet, televisión por cable y satelital deben disponer de un “botón de baja” en sus sitios web.
La obligación comenzó a regir el 28 de julio pasado, como respuesta a los numerosos reclamos de consumidores que veían obstaculizado su derecho de rescindir un contrato por servicios provistos por esas empresas.
Es importante considerar que el botón de baja debe ubicarse a simple vista y en el primer acceso, para que el consumidor resuelva rápida y fácilmente la baja del servicio contratado.
Cómo hacer para darse de baja
- Entrar a la web de la compañía que quiere darse de baja
- Buscar la pestaña que dice "solicitar baja del servicio" (suele ubicarse en el margen superior derecho o en el margen inferior derecho)
- Completar los campos que solicita cada empresa.
- Luego de haber solicitado la baja, recibirán en 24 horas un código de Identificación de baja o código de rescisión.
En tanto las empresas deben tener registro
- Datos de identidad del usuario
- Número de cliente
- Fecha de contratación del servicio y medio por el que se efectuó
- Fecha y hora en la que se solicitó la baja del servicio y medio por el que se efectuó
- Asignación de código de rescisión; f) Modo en el que concluyó el trámite, incluso en los casos en los que el consumidor decida continuar con la contratación.
- Tienen que establecer un horario de atención de consultas y/o reclamos que no sea inferior a los días y horarios en que las empresas operen comercialmente.