Elecciones Argentina

Comenzó la veda electoral: qué se puede hacer y qué está prohibido hasta el balotaje

De cara al balotaje, que será el próximo domingo 19 de noviembre, hay ciertas actividades que ya no se pueden realizar, como la propaganda política, y desde las 20 del sábado no se podrá vender alcohol.

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Redacción ElNueve.com
17 de noviembre de 2023 | 09:35

Desde este viernes comenzó la veda electoral para el balotaje que se desarrollarán este domingo 19 de noviembre. Es por eso que ya rigen las restricciones para realizar algunas actividades en todo el territorio argentino. 

Además de establecer que los partidos políticos no podrán efectuar ningún acto de campaña hasta luego del escrutinio, el cual arrancará el domingo a partir de las 18 horas, la veda electoral establece que hay determinadas actividades que están prohibidas para que la votación se desarrolle adecuadamente. Una de ellas es la venta de alcohol desde las 20 horas del día sábado.

Esta restricción rige hasta unas horas después de haber finalizado los comicios, por lo que los almacenes, supermercados y servicios de deliverys no podrán vender alcohol. En cuanto a los bares y boliches, estos permanecerán cerrados.

¿Qué no se puede hacer en la veda electoral?

- Actos públicos de campaña y proselitismo electoral.

- Espectáculos populares al aire libre o en espacios cerrados.

- Portación de armas.

- Portación de banderas, insignias o distintivos partidarios.

- Venta de bebidas alcohólicas, la cual estará permitida hasta las 20 horas del sábado (día previo a la elección).

- Ofrecer boletas para el voto dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.

- Publicación y difusión de encuestas o sondeos.

El artículo 71 del Código Electoral ordena que la veda electoral "debe comenzar a regir 48 horas antes de la apertura de los comicios y finalizará 3 horas después de terminar la jornada electoral".

La restricción de expendio de bebidas alcohólicas no se aplica durante toda la veda: esta limitación arranca a las 20 horas del día anterior a la elección, es decir, que entra en vigencia el sábado 18 y se extiende hasta tres horas después de finalizado el acto electoral. Por lo tanto, no se puede comprar alcohol hasta las 21 horas del domingo 19, según la Ley.

Los incumplimientos de la veda durante elecciones se consideran un delito electoral que acarrea importantes consecuencias para todos los infractores. Aquellas personas que vendan bebidas alcohólicas durante el periodo en el que no está permitido, arriesgan una pena de prisión que va entre los quince días y los seis meses.

Además, desde las 8 horas y hasta tres horas después del cierre de los comicios de este domingo, está prohibido publicar resultados de encuestas, proyecciones o sondeos de opinión, pronósticos electorales, o referirse a sus datos, entre otras actividades.

Por su parte, a los ciudadanos se les podrá cobrar una multa comprendida de entre $10 mil y $100 mil si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación.

La misma sanción será aplicada a aquellas personas que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.

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