#Servicios

AUH y Jubilados: cómo tengo que hacer para pagar la mitad de la boleta de gas

El Gobierno creó el Registro Único de beneficiarios y beneficiarias especiales del Régimen de Zona Fría, en el que se incorporará a las usuarias y los usuarios comprendidas y comprendidos en el artículo 4 de la ley, que reduce en un 50% la tarifa del gas, a través del Decreto 486/2021 publicado en el Boletín Oficial.

3 de agosto de 2021 | 10:52

En Mendoza, los usuarios de gas accederán al Régimen de Zona Fría. De esta manera, beneficiarios de Asignaciones Universales por Hijo y por Embarazo (AUE), pensiones no contributivas y jubilados, podrán tener hasta un 20% de descuento en sus facturas.

El Gobierno creó el Registro Único de beneficiarios y beneficiarias especiales del Régimen de Zona Fría, en el que se incorporará a las usuarias y los usuarios comprendidas y comprendidos en el artículo 4 de la ley, que reduce en un 50% la tarifa del gas, a través del Decreto 486/2021 publicado en el Boletín Oficial.

Además, designó a la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación de la Ley 27.637, que propone una reducción en las tarifas de gas para municipios donde se registran bajas temperaturas.

El artículo 4 de la ley de Zona Fría, es el que incorporó una reducción del 50% a los beneficiarios de las asignaciones universales por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE), de pensiones no contributivas y jubilados -hasta cuatro salarios mínimos-, del monotributo social, de usuarios que perciben seguro de desempleo y de empleadas de casas particulares.

También a los electrodependientes, a quienes estén exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza o los que tengan una pensión vitalicia como veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

¿Cómo me inscribo?

El decreto estableció que Energía determinará de oficio aquellos beneficiarios y beneficiarias del régimen que satisfagan alguno de los criterios de elegibilidad establecidos en la ley a los fines de la aplicación de un cuadro tarifario diferencial, equivalente al 50% del cuadro tarifario pleno.

Los usuarios y usuarias que no hayan sido incluidos e incluidas de oficio en el Registro y que consideren satisfacer alguno de los criterios de elegibilidad establecidos en la ley, podrán solicitar el beneficio y su incorporación al Registro a través del “Modelo de Gestión Unificada - Ventanilla Única Social” de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).

Mendoza +

chevron_left
chevron_right

Viral +

chevron_left
chevron_right

Noticiero 9 +

chevron_left
chevron_right

Lo Último