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ANSES: ¿Quiénes pueden acceder a la Tarifa Social de gas y cómo hacer el trámite?

El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) y la Secretaría de Energía eliminaron los criterios de exclusión de la Tarifa Social del Gas que dejaron 61.000 usuarios fuera del beneficio entre julio de 2019 y marzo de 2020.

30 de octubre de 2020 | 14:42

La secretaría de Energía eliminó criterios que excluyeron a 61.000 beneficiarios de la Tarifa Social del Gas.

Así lo indicó el Enargas e informó que el 30 de julio último solicitó a Energía readecuar los motivos de inclusión y exclusión vigentes en la Tarifa Social.

¿Qué es la Tarifa Social del gas?

El Registro de Beneficiarios de la Tarifa Social brinda ayuda a usuarias y usuarios en situación de vulnerabilidad socioeconómica.

El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) y la Secretaría de Energía eliminaron los criterios de exclusión de la Tarifa Social del Gas establecidos por la administración de Mauricio Macri, que dejaron 61.000 usuarios fuera del beneficio entre julio de 2019 y marzo de 2020.

Por su parte, el secretario de Energía, Darío Martínez, solicitó el lunes último a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) que proceda a dejar sin efecto las limitaciones impuestas desde noviembre de 2020, respetando únicamente los criterios de elegibilidad y exclusión válidamente establecidos en la normativa vigente sobre Tarifa Social.

Asimismo, y en concordancia con la sugerencia efectuada por el Enargas, se recomendó difundir un “Modelo de Gestión Unificada Ventanilla Única Social”, como vía exclusiva para tramitar el beneficio de Tarifa Social.

¿Cómo es el beneficio de la Tarifa Social?

El régimen que implementó el Registro de Beneficiarios de la Tarifa Social tiene como objetivo brindar ayuda a usuarias y usuarios en situación de vulnerabilidad socioeconómica, que cumplan con los criterios de inclusión definidos en la normativa, a través de una bonificación del 100% del precio del gas sobre un bloque de consumo máximo determinado en la facturación del servicio.

Este año el interventor del Enargas, Federico Bernal, confirmó que la ex Secretaría de Energía, a cargo de Gustavo Lopetegui, solicitó a la Anses en julio de 2019 la incorporación de criterios de exclusión adicionales a los establecidos en 2016 por el exministro de Energía Juan José Aranguren.

Estos criterios provocaron que 61.000 beneficiarios y beneficiarias fueran excluidos de la Tarifa Social entre julio de 2019 y marzo de 2020.

¿Cómo puedo tramitar la tarifa social?

Con la decisión adoptada por el actual secretario de Energía para el reingreso de los beneficiarios excluidos de la Tarifa Social, éstos deberán solicitar nuevamente el beneficio a través de la Ventanilla Única de la Anses.

¿Quiénes se reincorporan?

El Enargas solicitó la eliminación del criterio de exclusión por multimedidor, por no encontrarse dentro de la normativa mencionada anteriormente.

Por su parte, el proceso de control de derecho mensual requería que la Anses verificara todos los meses que él o la titular del servicio incorporado al Registro de Beneficiarios, no incurriera en un criterio de exclusión, motivo por el cual, la cantidad de beneficiarios decrecía mes a mes.

Por ejemplo, en el caso de cobro de un bono, un adicional por presentismo u horas extra, se producía a la exclusión del beneficio y, en consecuencia, el usuario debía tramitar el ingreso nuevamente.

A propósito de esto, el Enargas solicitó la vigencia del beneficio por un año, sin someter al beneficiario a controles mensuales.

El organismo subrayó que “estos criterios no se encontraban alineados con los fines perseguidos con el dictado de la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública, a fin de lograr entre otras cosas la reestructuración tarifaria del sistema energético con criterios de equidad distributiva, propendiendo a una reducción de la carga tarifaria real sobre los hogares”.

¿A quiénes les corresponde?

A quiénes les corresponde
A titulares del servicio de gas natural.

  • Jubilados y pensionados
  • Trabajadores en relación de dependencia (no debe superar 2 salarios mínimos, vitales y móviles)
  • Trabajadores monotributistas
  • Personas que cobren programas sociales
  • Empleados del servicio doméstico
  • Monotributistas sociales
  • Personas que cobran la Prestación por Desempleo
  • Personas que cobran la Pensión Honorífica para Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur
  • Personas que cobran una Pensión no Contributiva
  • Titulares del servicio que cuenten con el Certificado Único de Discapacidad (CUD)

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